La iniciativa legislativa está dirigida a las madres que críen solas a sus hijos menores de 18 años y que no cuentan con el apoyo del padre ni de ningún otro hombre
Wilson Quispe Mamani, miembro del Congreso de Perú Libre, propuso el proyecto de ley 6345 con el propósito de «garantizar los derechos de las madres solteras que se encuentran en condiciones de pobreza o extrema pobreza, sin importar su estado civil».
La propuesta se enfoca en mujeres que han sido abandonadas, separadas, viudas o divorciadas y que están a cargo de la crianza de sus hijos menores de 18 años, sin contar con el respaldo físico o económico del padre u otro hombre. La validación de esta situación deberá ser certificada por el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif).
Aunque se propone que las madres solteras en situación de pobreza o extrema pobreza tengan acceso a atención médica y medicamentos, se especifica que este beneficio dejaría de aplicarse una vez que no cumplan con las condiciones mencionadas anteriormente.
Los colegas de Quispe Mamani en su bancada, Margot Palacios Huamán, Flavio Cruz Mamani, María Taipe Coronado, Kelly Portalatino Ávalos y Segundo Montalvo Cubas, son coautores de la normativa propuesta.

Según el proyecto, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) tiene la responsabilidad de reglamentar la ley en un plazo máximo de 60 días calendario. Además, se establece que el presupuesto necesario será proporcionado por el MIMP, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) y los Gobiernos regionales.
Derechos de las madres solteras
El proyecto propone que las madres solteras con ingresos mensuales inferiores a la remuneración mínima vital (RMV), establecida en S/1,025, tengan derecho a recibir un bono mensual equivalente al tercio de la RMV, es decir, aproximadamente S/341. Este respaldo económico se retiraría en casos como el inicio de la recepción de una pensión alimenticia, entre otras situaciones.
Además, la legislación otorgaría preferencia a estas madres solteras para ser contratadas tanto en el sector público como en el privado. Los empleadores estarían obligados a asegurar que al menos el 5% de sus planillas esté compuesto por madres solteras, con incentivos tributarios para las empresas que cumplan con esta disposición.
Las empresas no podrían despedirlas durante el embarazo o el periodo de lactancia, hasta 90 días después del nacimiento del bebé. Asimismo, se les daría preferencia en las guarderías, ya sean particulares, estatales o de seguridad social, para el cuidado de sus hijos.
Además, el proyecto garantiza que las madres solteras reciban preferencia al solicitar créditos financieros, especialmente para la adquisición de viviendas o alquileres.

En cuanto a la identificación, se asegura que los hijos tengan derecho a llevar ambos apellidos de la madre en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). Este derecho se mantendría incluso en el caso de que el cónyuge, incluso si ha fallecido, sea el padre del hijo.
Todas estas medidas de asistencia estatal se implementaría con preferencia en zonas rurales y con población indígena. De esta forma, se respetará “la cultura, usos y costumbres de la población, siempre intentando que no se contrapongan con la dignidad y los derechos de estas mujeres solteras”.
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