Pensión mínima de jubilados llegará a S/930 a mitad de año

0
815
Jubilados
Jubilados

La situación política en la actualidad es un caos, y el Gobierno de transición de Francisco Sagasti tiene diversos temas pendientes que resolver hasta entregar el mando; sin embargo, en su gestión deberá asumir la dramática situación de los jubilados que no se arregló con la entrega del Bono S/930. Lo más urgente es aprobar el incremento de pensiones de los cesantes que se debe dar de manera prioritaria para lo cual el Ministerio de Economía ya cuenta con el cálculo de dicho reajuste.

Escala de incrementos ya están listos y solo falta aprobación del Gobierno

El incremento o reajuste de pensiones es un tema que quedó inconcluso por la pandemia del coronavirus, pues el propio ex presidente Martín Vizcarra y el ex premier, Vicente Zeballos, lo ofrecieron; además es un tema de justicia ya que las pensiones de los jubilados del DL 19990 no se ajusta al costo de vida, peor aún en tiempos de COVID-19.

Sin embargo, el tiempo pasó y no hubo respuestas sobre el incremento de pensiones. Pero ahora se espera que este Gobierno, antes de terminar su mandato, atienda de inmediato la demanda de los jubilados por ser de justicia. El cálculo de reajuste de pensiones debe ser tal que la pensión mínima ascienda a S/930 igual que un sueldo mínimo.

REUNIÓN PENDIENTE (REPASO)

En el mes de marzo de 2020, la Central Nacional de Trabajadores, Jubilados y Pensionistas del Perú – CENATRAJUPE, se reunió con representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros para coordinar el aumento de las pensiones de los jubilados de las Leyes 19990, 18846 y 20530 a fin se pueda nivelar a una Remuneración Mínima Vital (RMV), así como otros reclamos.

Para este justo reclamo, se llegó a realizar reuniones con el Dr. Eduardo Gonzáles Chávez, jefe de Asesores del Gabinete del ex premier Vicente Zeballos Salinas. Se acordó que se realizaría una tercera reunión para concluir el monto del reajuste; sin embargo, hasta la fecha eso no sucede. Los nuevos asesores deben retomar el tema-dijeron los jubilados-pues ellos no tendrían porqué perjudicarse con los cambios de mandos.

Además, el aumento es un derecho tal y como lo dice la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú: “El Estado garantiza el pago oportuno y el reajuste periódico de las pensiones que administra, con arreglo a las previsiones presupuestarias que éste destine para tales efectos, y a las posibilidades de la economía nacional”.