ONP sí paga pensiones por encima de tope de S/ 857

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Jubilados
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En esta edición les mostramos todos los casos

La Federación Nacional de Personas Adultas Mayores del Perú (FENAPAM PERU) ha revelado que la Oficina de Normalización Previsional (ONP) viene pagando en algunos casos montos por concepto de pensión inicial (D.L. N° 19990) de jubilación mensual por sumas de S/ 1,300, S/ 2,000, S/ 3,200 y hasta más de S/ 4,000, rompiéndose de esta manera el tope institucional para los pensionistas de dicha ley que se encuentra fijado en S/ 857.36. Así el gremio que agrupa a miles de pensionistas citó los siguientes casos:

A pesar que la ONP viene pagando en dichos casos, la entidad contradictoriamente señala, para oponerse a la ejecución de la sentencia N° 0703-2002-AC/TC, que ningún pensionista del D.L. Nº 19990 ni del D.L. Nº 18846, puede ganar una suma por encima de dicho tope, el mismo que se encuentra fijado por mandato de Ley en la suma de S/. 857.36 mensuales. Y debido a que los pensionistas vienen exigiendo tres mínimos vitales como pensión inicial, que a la fecha asciende a la suma de S/. 2,790, la ONP argumenta que deviene en inejecutable e inaplicable dicha sentencia, por estar ordenando que se abone una suma superior al tope institucional, lo cual es contrario a ley.

ONP ejemplo de pensiones

“Cabe preguntarse porque para estos pensionistas no rige el tope institucional fijado por ley, sin embargo, cuando se trata de aplicar la Ley Nº 23908 y la sentencia N° 0703-2002-AC/TC, la ONP pretende ampararse en el absurdo tope institucional. Es evidente entonces que la controversia sobre el monto de la pensión mínima se debe aplicar al amparo de la Ley N° 23908 y la sentencia 0703-2002-AC/TC”, explican los pensionistas.