CONGRESO APOYA QUE SE LES DÉ 21,400 SOLES A AFILIADOS
Esta semana el Congreso de la República está en su Semana de representación, por lo cual las sesiones ordinarias han sido suspendidas. Así, el debate del retiro AFP deberá verse aún los primeros días de setiembre.
Como se sabe, la mayor duda sobre el tema, tanto de afiliados, como las mismas AFP, es si se aprobará realmente esta medida, la que sería la octava de su tipo.
Cabe recordar, que dos de los miembros de la Comisión de Economía —Victor Flores (Fuerza Popular), el presidente, y Elvis Vergara (Acción Popular), el secretario— han mostrado su posición en contra del actual retiro AFP de hasta 4 UIT (S/21 mil 400). Sin embargo, la vicepresidenta Ana Zegarra (Somos Perú) ha validado una de estas propuestas con su firma, la cual fue presentada el pasado 9 de abril.
El plan de trabajo de la Comisión de Economía, aprobado por los congresistas, sugiere que no validarían una medida como la del retiro AFP. «Cabe señalar que la CEBFIF procurará mantener y/o mejorar el marco legislativo para coadyuvar con la solidez, solvencia y sostenibilidad de los sistemas financieros, de seguros, privados de pensiones, y de cooperativas de ahorro y crédito», aclara el texto.
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SE ABRE OTRA POSIBILIDAD
Sin embargo, la vicepresidenta de la comisión, Ana Zegarra, de Somos Perú, y que entró tras el fallecimiento de Hitler Saavedra, si bien no ha sido vocal sobre el retiro AFP, sí ha firmado uno de estos 19 proyectos.
Se trata de la propuesta que tiene como autor principal a Jose Bernardo Pazo Nunura, presentada el 9 de abril de este año y que busca autorizar «de manera extraordinaria a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones a retirar, de manera facultativa, hasta 4 unidades impositivas tributarias (UIT) del total de sus fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización».
Esta inclusive propone que el acceso a las 4 UIT (S/21.400) se de en solo dos desembolsos (y en menos tiempo que la aprobada en 2024, que fue en cuatro armadas).
Los afiliados presentan su solicitud de forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los 90 días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley
Se abonará hasta 2 UIT a los 30 días calendario de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado
Se realizará el segundo desembolso a los 30 días calendario del primer desembolso. Es decir, en máximo 60 días, los afiliados recibirían todo lo solicitado.




