El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró inaplicable la Ley N.° 32107 y rechazó la excepción de prescripción de la acción penal presentada por la defensa de Víctor Polay Campos, cabecilla terrorista del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), y otros investigados por el delito de asesinato en el caso ‘Las Gardenias’, calificado como crimen de lesa humanidad.
La decisión judicial fue adoptada al considerar la gravedad de los hechos imputados, ocurridos entre los años 1989 y 1992, los cuales forman parte de un ataque sistemático contra población civil, según la acusación fiscal.
De acuerdo con la resolución, el juzgado concluyó que los hechos atribuidos a los procesados no constituyen delitos comunes, sino que se enmarcan en la categoría de crímenes de lesa humanidad.




