Los colegios privados que obliguen a los padres de familia a que renuncien a la devolución de la cuota de ingreso, vía contrato de la matrícula del Año Escolar 2020, podrían ser multados hasta con 450 UIT (S/ 1.93 millones) por vulnerar los intereses económicos de los consumidores, advirtió el Ministerio de Educación y el Indecopi.
Medida del Minedu tendrá en la mira a colegios particulares
Esto debido a que se han reportado denuncias realizadas por algunos padres de familia, en el sentido que estarían siendo obligados por ciertas instituciones educativas privadas a que renuncien a la cuota de ingreso.
Las entidades explicaron que el Código de Protección y Defensa del Consumidor establece que son métodos abusivos aquellas prácticas que, aprovechándose de la situación de desventaja del consumidor, le impongan condiciones excesivamente onerosas o que no resulten previsibles al momento de contratar.
Asimismo, la norma dispone que tomar ventaja indebida en las relaciones contractuales de duración continuada en las que el cambio de proveedor resulta significativamente costoso para el consumidor, califica como un método comercial coercitivo. Cada una de estas prácticas puede dar lugar a la imposición de una sanción de hasta cuatrocientas cincuenta (450) Unidades Impositivas Tributarias.