Minedu autoriza nuevo procedimiento para agilizar trámite de licencias y permisos de docentes

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Norma integra licencia para realizar exámenes oncológicos preventivos anuales

Con el objetivo de agilizar los procedimientos claros y transparentes, el Ministerio de Educación (Minedu) ha emitido nuevas disposiciones para la gestión de licencias, permisos y vacaciones de los docentes de educación básica y técnico-productiva.

La Resolución Viceministerial N° 081-2023-MINEDU aprobó la norma técnica «Disposiciones para el procedimiento de las licencias, permisos y vacaciones de los profesores en el marco de la Ley de Reforma Magisterial». Esta norma establece requisitos específicos para cada tipo de licencia y también introduce la licencia con goce de remuneraciones para realizar exámenes oncológicos preventivos anuales, con el objetivo de promover el cuidado de la salud de los docentes.

Además, se han establecido plazos estandarizados para garantizar la efectividad y oportunidad del proceso de tramitación.

Es importante destacar que la licencia es el derecho que tiene el docente de ausentarse del centro de trabajo por uno o más días. En la actualidad, existen 15 tipos de licencias reguladas con goce de remuneraciones y 4 sin goce de remuneraciones.

Para solicitar una licencia, el docente debe presentar su solicitud y los documentos requeridos según el tipo de licencia, ante su jefe inmediato o el director de la institución educativa. Luego, dicha solicitud se remite al área de recursos humanos de la UGEL o DRE en un plazo máximo de 2 días hábiles. Si se cumplen los requisitos, la UGEL o DRE emite la resolución de licencia en un plazo máximo de 5 días después de recibir la documentación.

Por otro lado, el permiso es la autorización del jefe inmediato para que el docente se ausente del centro de trabajo durante algunas horas. En la actualidad, se regulan 9 tipos de permisos con goce de remuneraciones y 3 sin goce de remuneraciones.

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Para solicitar un permiso, el docente debe presentar su solicitud al jefe inmediato o al director de la institución educativa, quien emitirá una papeleta de permiso. Dependiendo del tipo de permiso solicitado, el docente puede presentar posteriormente los justificativos correspondientes. Los permisos por onomástico y por el día del maestro están exentos de este procedimiento.

Finalmente, la norma también regula las vacaciones de los docentes. Se establecen 60 días de vacaciones entre enero y febrero para los docentes del área de gestión pedagógica, y 30 días entre abril y noviembre para los docentes del área de gestión institucional.

En casos excepcionales, los directores que tienen aula u horas a cargo podrán disfrutar de vacaciones en enero o febrero de cada año.

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