Guía oficial para cobrar Fonavi a partir de enero

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¿AÚN NO SABES SI TUS DATOS ESTÁN ACTUALIZADOS? ¿CUÁNTO TE TOCA DE DEVOLUCIÓN? HOY TODO EN ESTE MANUAL 2024

En enero del 2024 continuará la devolución de aportes al Fonavi en base a los 19 grupos anteriores y quienes hasta la fecha no han cobrado monto alguno. Muchos ex aportantes todavía se preguntan cómo se actualizan sus expedientes y su historial laboral para ser incluidos en los próximos padrones, además de las cuentas individuales y cómo se calcularán sus montos a recibir. Aquí te decimos todo lo referente para no faltar en los siguientes grupos de pago que se definirán el 4 de enero con el total de las aportaciones.

¿Cómo está conformado el fondo Fonavi?

El Fondo a Devolver a los trabajadores está conformado por la totalidad de las contribuciones efectivamente recaudadas para el FONAVI de los trabajadores, dependientes e independientes, actualizada con la tasa de interés legal efectiva, efectuadas con arreglo a los acápites a) y b) del artículo 2 del Decreto Ley No 22591 y sus modificatorias, informadas por las entidades oficiales del Estado a la Comisión Ad Hoc.

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¿Cómo se actualiza tu historial laboral?

El registro del historial laboral declarado a la Comisión con el formulario No 1 tiene carácter de Declaración Jurada y se realiza mediante los canales implementados por la Secretaría Técnica. La verificación del Historial Laboral declarado en el Formulario No 1, se realiza, mediante el cotejo con la información obtenida de las Fuentes Oficiales
Las entidades del sector público, incluyendo las empresas del estado; así como las empresas e instituciones del sector privado que sean requeridas por la comisión, para la remisión de información relativa a los trabajadores dependientes e independientes que contribuyeron al FONAVI, deben cumplir con entregar la misma, bajo responsabilidad, en un plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario contado a partir del respectivo requerimiento, utilizando el Formulario No 4 y mediante soporte magnético. La información que se presente tiene carácter de declaración Jurada, por lo que su falsedad acarrea las responsabilidades de Ley.

Realizado el requerimiento, la ONP remite la información de los asegurados (pensionistas y no pensionistas), que aportaron al sistema nacional de Pensiones, que le sea solicitada por la secretaría técnica. realizado el requerimiento, la SBS remite la información de los afiliados de las administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP), que te sea solicitada por la secretaría técnica, realizada el requerimiento también a la SUNAT, este remite la información de los trabajadores que hayan realizado aportaciones al FONAVI, que le sea solicitada por la secretaría técnica.

¿Qué sucede si no se ubica a mi empleador?

En caso el empleador no fuera ubicable en su domicilio fiscal o en ningún otro domicilio declarado, o se encuentre como inactivo en SUNAT, haya sido disuelto según información de la SUNARP o no haya entregado sus libros de planillas a la ONP, la verificación del historial Laboral se realiza con documentos supletorios sustentatorios a solicitud del Fonavista.
La Secretaría Técnica queda autorizada para suscribir los convenios que resulten necesarios para la verificación de la información que se requiera a los Fonavistas.

¿Cómo se construye mi cuenta individual?

La Cuenta individual se construye en base a la información obtenida de los empleadores y/o entidades públicas o privadas que tengan información relacionada a los aportes al FONAVI realizados por sus trabajadores, entre julio de 1879 y agosto de 1998, y/o documentación supletoria presentada por el interesado.
De manera alterna, cuando no se pueda obtener información de aportes de Fuentes Oficiales, la Comisión puede establecer otras formas de construcción de cuentas individuales, basándose en criterios técnicos que viabilicen la devolución inmediata, en concordancia con las sentencias del tribunal constitucional que resulten aplicables. La comisión Ad Hoc y la secretaría técnica no son responsables de la calidad de la información entregada por las fuentes oficiales, la cual tiene carácter de declaración jurada.

¿Cómo se determina el monto a devolver a cada fonavista?

El monto a devolver es el valor actualizado expresado en soles, a ser devuelto al Fonavista beneficiario y consta en el correspondiente certificado de reconocimiento de aportes y derechos, CERAD. El Cerad podrá ser emitido de manera parcial (a cuenta) o total, según corresponda, la devolución comprende el total actualizado de los aportes efectivamente recaudados de los trabajadores, para lo cual, la actualización del valor de tales aportaciones se lleva a cabo aplicando la tasa de interés legal efectiva vigente desde el momento del aporte hasta el momento de su respectiva liquidación.
La Comisión considera como base de cálculo de la devolución individual, los aportes monetarios debidamente acreditados y actualizados, deduciendo los pagos a cuenta efectuados, de ser el caso, sin perjuicio de lo anterior, el Fonavista podrá presentar documentación supletoria que acredite haber realizado aportaciones al FONAVI, como trabajador dependiente y/o independiente.

¿Cómo se entregará el CERAD?

La Comisión emite el CERAD a los Fonavistas que hayan sido incorporados al Padrón de beneficiarios en forma progresiva. El CERAD se entrega de manera virtual a través de la página web de la Secretaría Técnica de FONAVI (www.fonavi-st.gob.pe), a la que el beneficiario puede acceder a través de su clave SIFONAVI, sin perjuicio lo anterior, el beneficiario puede recabar el CERAD a través de tas plataformas de atención al Fonavista a nivel nacional

No olvidar que, para efectos del reinicio del proceso de devolución de los aportes del FONAVI, la Comisión Ad Hoc considera la información de los aportes acreditados que hayan sido comunicados a la Secretaría Técnica por fuentes oficiales y verificados por esta última. Asimismo, Ios Fonavistas pueden entregar documentos supletorios que sustenten aportaciones al FONAVI, que también deberán ser verificados y/o validados.