Gobierno alista ‘desalojo notarial express’ contra inquilinos morosos

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Para que concrete en máximo cuatro meses y no cuatro años en promedio

Para evitar que el desalojo de los inquilinos morosos tarde unos cuatro años en promedio, tras un largo proceso judicial, el Gobierno presentará un proyecto de ley para implementar el denominado ‘desalojo notarial express’, el cual buscará que este proceso se concrete en máximo cuatro meses, anunció el ministro de Vivienda, Javier Piqué.

“El contrato entre el arrendador y arrendatario indicará que si deja de pagar puede darse el desalojo”, consideró Piqué. Los contratos de arrendamiento deberán celebrarse en una notaría.

El proyecto del ‘desalojo notarial express’ será presentado por el Gobierno en las próximas semanas, así como el de la creación del programa Mi Alquiler, que dará un subsidio por el arrendamiento de inmuebles.
Acerca del ‘desalojo notarial express’, explicó que si se incurre en mora o en incumplimiento de devolución del predio tras la finalización del plazo del contrato, el propietario realizará un requerimiento notarial de pago. De no obtener respuesta satisfactoria, el propietario podrá solicitar en la notaría el inicio del proceso de desalojo con auxilio de la fuerza pública (policía).

El notario público solicitará la ejecución del desalojo ante el Juez de Paz Letrado del lugar donde se ubique el inmueble. La resolución judicial que ordene el desalojo con auxilio de la fuerza pública no podrá ser impugnada. “El trámite el propietario lo haría a través de la notaria y el juez será el que finalmente ejecuta el desalojo”, destacó el ministro.

La actual demora del desalojo se da en el proceso judicial, pues se deben seguir varios pasos: demanda y contestación; audiencia única (que comprende la conciliación, fijación de puntos controvertidos y la valoración probatoria), así como la etapa decisoria (sentencia) y la instancia de apelación.

En reemplazo de ello, el Gobierno alista implementar un procedimiento a cargo del notario público, quien solo recurrirá al Poder Judicial para solicitar la ejecución el desalojo notarial con auxilio de la fuerza pública.