La reciente ley fonavista debe acatarse pues justamente está hecha para dar cumplimiento a la anterior ley N° 29625 que desde su creación estableció que se debe devolver el total actualizado de las aportaciones descontadas de las remuneraciones de los fonavistas entre los años 1979 y 1997; es decir la nueva ley simplemente ratificó lo ya establecido, lo cual debe obedecerse sí o sí pues incluso fue ratificada por el Tribunal Constitucional (TC).
Gobierno presentó ayer demanda de inconstitucionalidad ante el TC, pero no procederá porque es ilegal
Por lo tanto, la demanda presentada ayer por la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la Ley Nº 31173, que establece medidas para la devolución de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), de ninguna va a proceder, pues el mismo TC ya dio su fallo anteriormente a favor de los fonavistas.
La deuda no es impagable como quiere engañar el ministro, dijo dirigente fonavista
Según, Luis Luzuriaga, presidente de la Federación Nacional de Fonavistas, la ley establece que se tiene que actualizar y además se tiene que aplicar la tasa de interés. “Se debe actualizar el capital. A ese capital establecer el interés, cuando una persona presta dinero reditúa al propietario de ese dinero, no se debe aplicar actualización por actualización, hay que aplicar el interés. Las deudas se pagan en valor presente.”, dijo Luzuriaga.
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TC YA DIO RAZÓN A FONAVISTAS
En ese sentido dijo que el Congreso, ante de aprobar por insistencia la ley fonavista, hace un mes, se apegó a la sentencia del TC, que bien claro dice, “se debe devolver el total de aportes a los fonavistas, el Congreso aplicó bien la fórmula, por eso mentira lo que dice el ministro de Economía, Waldo Mendoza, quien falsamente asegura no se podrá pagar la deuda ni en 500 años”.
El dirigente precisó que el mismo TC estableció que la fórmula de devolución aplicada en la primera devolución de aportes, que daba 10 soles por mes, es inconstitucional, por eso quedó fuera del lugar y por eso lo pagado, nosotros los fonavistas, lo consideramos solo como un adelanto o pago a cuenta. Es por ello que los fonavistas están seguro que nuevamente el TC no aprobada la demanda de inconstitucionalidad presentada ayer por el gobierno.
Finalmente, Luzuriaga explicó que el monto promedio de devolución por cada fonavista aportante es más o menos casi 20 mil soles. “La deuda se puede pagar, el propio ministro de Economía reconoció que la deuda es 42 mil millones de soles y no los miles y miles de millones impagables que ahora dice de manera calumniosa”.




