Fonavista esto te toca: S/10,000 X 10 años de aportes

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¡Atención! Ejecutivo alista la devolución total considerando el número de aportes realizados

En la Ley de Presupuesto 2019 se ha incluido más de 922 millones de soles para la devolución de aportes al Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI), en marco de la Ley 29625, por tanto en breve se debe tener la definición de lo que será el pago completo de todos los aportes, ello tras la sentencia del Tribunal Constitucional que otorga tal beneficio a los fonavistas.

Tal información fue alcanzada a la Asociación de Fonavistas, quienes ya están elaborando las estrategias que posibiliten la devolución total de sus aportes más los intereses de tal manera que se cumpla con el reciente fallo del Tribunal Constitucional. El doctor Raúl Canelo, informó hace unos días sobre las acciones que se tomarán para el cumplimiento de la Ley 29625.

El Congreso de la República y el Ejecutivo vienen haciendo un nuevo cálculo y deben plasmarlo en ley para proceder a las devoluciones a los aportes del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), en corto plazo.

Deberán aplicar esta medida luego de que hace varios meses el Tribunal Constitucional (TC) declarara inconstitucional el cálculo de devolución de aportes que se venía dando al ser una violación del derecho de propiedad.

Así lo establece el fallo emitido por el TC y que da un plazo de vacatio sententiae de un año, que deberá ser computado a partir de la publicación de la sentencia en el diario oficial “El Peruano”.

El presidente del TC, Ernesto Blume, sostuvo que, “todos recibían la misma cantidad sin importar quiénes aportaron más y quiénes aportaron menos. Por lo tanto, se ha estimado que ello viola el derecho de propiedad que tienen los fonavistas sobre sus aportes”.

En tanto, el especialista en pensiones, Munuel Soto Elguera, los exaportantes del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI) recibirán como mínimo S/ 10 mil, si aportó por lo menos 10 años, esto gracias al declararse inconstitucional el Decreto Supremo 016-2014 que reglamentaba la Ley del Fonavi 29625, por parte del Tribunal Constitucional.

“La fórmula de cálculo el TC lo ha derogado porque no debería ser así, por ejemplo, hay personas que aportaron sobre un sueldo mínimo, hay otras que lo hicieron sobre tres sueldos mínimos y les pagaron igual, incluso el cálculo no fue justo”, comentó tras señalar que la demanda al TC la hizo la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú.

Los fonavistas que aún no presentaron el formulario F1 de historial laboral, según Soto Elguera, lo pueden hacer porque se amplió el plazo. Solo deben presentarlo a través de cualquier ventanilla del Banco de la Nación y si no tienen los documentos que prueben su aporte, deben ingresar al registro de empresas en la página web: www.fonavi-st.pe.