PERÍODOS RECONOCIDOS PARA MAYORES DE 70 AÑOS DE GRUPOS 01 AL 19 Y A 80 MIL ‘DEBUTANTES’
Lo que resta para finalizar el cronograma FONAVI, 2024 entra en vigencia este noviembre, la última devolución se cerró agosto último con el pago del REINTEGRO 2. En los reintegros a diferencia de los grupos se considera el límite de edad, del mismo modo se programará el REINTEGRO 3 (Grupo de viudos, del 80 hasta 92 años, y el grupo vivos de 70 a 75) y el GRUPO 21 (fonavistas nuevos, que no han recibido monto alguno hasta el momento y “excluidos” reincorporados recientemente al padrón, en primer lugar, por techo y calamina hasta el momento, estos 2 últimos apuntan arrancar a partir a fines de noviembre o inicios de diciembre.
“Hay 2 grupos que tenemos que aprobar, uno: el Grupo 21 para personas que hasta la fecha no han cobrado ni un sol, y el Reintegro 3 que son para personas que fueron parte de los 19 grupos anteriores y que ahora se les tiene que generar un reintegro, probablemente sea de 70 años a más siguiendo la línea de los reintegros anteriores y tiene que haber una cantidad mayor de herederos, hay un desfase, mientras el fonavista vivo ha cobrado de 80 para adelante, los herederos han cobrado de 93 años a más, entonces ahí hay un desfase que se tiene que tratar de igualar, vamos hacer la propuesta que se considere un grupo mayor de herederos”, sostuvo Jorge Milla (miembro fonavista comisión Ad Hoc)
BENEFICIARIOS VIVOS Y FALLECIDOS GRUPOS DE PAGO DEL 01 AL 19 MAYOR DE 70 Y MENORES DE 75 AÑOS
Parte del REINTEGRO N° 3 está conformado por Fonavistas mayores de 70 años y menores de 75 que fueron parte de los grupos N°1 al 19, incluidos registrados en CONADIS, y con enfermedades graves y/o terminales y que pusieron en conocimiento su condición de salud a la Comisión Ad Hoc. No obstante, este nuevo grupo también podría incluir a los familiares de ex aportantes fallecidos que estaban en la franja de edad entre 80 y 92 años. Aunque la totalidad de beneficiarios vivos y fallecidos son 170,311 un tercer reintegro de los grupos de pago del 1 al 19 recibirán montos respectivos según el cálculo de aporte (CA) y como pago a cuenta:
- 0 a 100 soles = 4,122 beneficiarios
- 100 a 500 soles = 13,663 beneficiarios
- 500 a 1,000 soles = 27,750 beneficiarios
- 1,000 a 1,500 soles = 13,654 beneficiarios
- 1,500 a 2,000 soles = 7,394 beneficiarios
- 2,000 a 2,500 soles = 10,259 beneficiarios
- 2,500 a 3,000 soles = 4,301 beneficiarios
- 3,000 a 3,500 soles = 5,531 beneficiarios
- 3,500 a 4,000 soles = 8,294 beneficiarios
- 4,000 a 5,000 o 7,000 soles = 75,343 beneficiarios
Si bien el registro arroja más de 320 mil fonavistas mayores de 80 años, se tendrá que depurar el padrón para cumplir con los vivos y fallecidos menores a 92 años, de este grupo 90 mil ex portantes superan montos mayores a 4 mil soles.

80 MIL BENEFICIARIOS SALEN EN LISTA 21
Por otro lado, la Lista 21 del Fonavi es para los ex aportantes que no lograron ser incluidos en los procesos de devolución anteriores. Cabe mencionar que, para formar parte de esta deben presentar la documentación que acredite sus aportes al fondo.
Entre los documentos requeridos están las boletas de pago y otros registros oficiales que demuestren las contribuciones al Fonavi, los cuales pueden presentarse de forma presencial en las oficinas de la Secretaría Técnica del Fonavi o a través del proceso virtual.
Posteriormente, la Secretaría Técnica evaluará la validez de los registros y, si la información es correcta, el ex aportante será incluido en las listas de devolución de aportes, ya sea en la Lista 21 o en las siguientes fases.
A estos últimos, los que esperan estar en la Lista 21, se pide que regularicen su situación de registro y acreditación en la Secretaría Técnica, como aptos para recibir las devoluciones. Este sería el requisito para que estos tengan la seguridad de que integrarían este nuevo grupo que tendrá alrededor de 80 mil beneficiarios.

COMO RECUPERAR APORTES PARA COBRAR EN REINTEGRO 3
La comisión Ad Hoc fonavi ya evalúa los lineamientos para el padrón del REINTEGRO N° 3 programado para realizarse el próximo noviembre, para este reintegro también se considerará a los beneficiarios de los grupos de pago 1 al 19 mayores de 70 años que fueron calculados bajo los lineamientos de construcción de cuentas individuales e información actualizada de los periodos de aportes, que toman como base de cálculo la fecha de cese o fecha de inicio de pensión de ONP, en dicho contexto es necesario tener un historial laboral actualizado y validar la información supletoria presentada para acceder al pago.
Se tiene conocimiento de que los familiares de los aportantes fallecidos entre 85 y 92 años también serán incluidos en este tercer reintegro; sin embargo, se está evaluando un replanteo en este grupo para evitar la saturación del Banco de la Nación.
Hasta el momento existe la posibilidad de que las personas entre 65, 70 a 75 años que están vivos la integren, pues se busca tener a más fonavistas cobrando y continuar reduciendo la cantidad de herederos que realicen trámites en la entidad bancaria.

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ACTUALIZACIÓN DE HISTORIAL LABORAL
Para la actualización de la información de los beneficiarios de los grupos de pago 01 al 19 que forman parte del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios, se realizaron las acciones administrativas correspondiente para solicitar a la ONP y SBS, la información actualizada de los periodos de aporte de los afiliados a sus respectivos regímenes pensionarios, que consten en sus bases de datos o archivos, y que estén comprendidos dentro del periodo de vigencia del FONAVI.
Para el caso de empleadores, públicos y privados, se solicitó además que envíen información de los aportes monetarios al FONAVI de sus trabajadores, que consten en sus bases de datos o planillas.
En dicho contexto, para el Primer Grupo de Reintegros a los beneficiaries de los Grupos de pago 01 al 19, conformantes del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiaries, se consideró como fuentes de información a la ONP (Pensionistas, No Pensionistas con periodos verificados, Libre Desafiliación informada-LDI, Pensiones por Encargo, Acreditación Anticipada, Bonos de Reconocimiento, Planillas 20530 y DJ 20530); a la SBS (información de sus afiliados); a los Empleadores considerados PRICOS y Buenos Contribuyentes por la SUNAT; así como las Entidades Públicas que a la fecha de generación del presente grupo de reintegros hayan tenido informaci6n consistente de aportes, en periodo FONAVI, de sus trabajadores; así mismo, se ha considerado como fuente de información la obtenida de documentos supletorios presentados por los Fonavistas en las plataformas de atención.

ASÍ PIDES MONTOS EXACTOS DE DEVOLUCIÓN
Un fallo del Tribunal Constitucional, emitido en marzo del 2023 tras resolver una demanda de inconstitucionalidad que el Ejecutivo entabló contra el Congreso, señala que la devolución de los aportes del Fonavi debía provenir de las empresas empleadoras, así como el Estado.
Otro detalle es que los fonavistas no van acceder a un monto completo porque en la ley aprobada por el Congreso en noviembre del año pasado se lee que son “devoluciones a cuenta, o pagos a cuenta; sin limitar su derecho de recibir un monto adicional, en tanto se acrediten mayores aportaciones”.
Finalmente, otro problema para los fonavistas es que cuando aportaban, lo hacían en intis. Con la devaluación de esa moneda se pasó al nuevo sol.
Y tras la desactivación del Fonavi en 1998 por el gobierno de Alberto Fujimori, sucedieron grandes dificultades para que se calcule las cantidades de dinero que cada persona que estuvo afiliado a este programa debía recibir.
En este proceso, se han registrado quejas de los beneficiarios al recibir un monto de dinero muy inferior al que dieron durante muchos años al Estado; por ello, en esta nota se explicará qué acciones se deben tomar, en este caso específico al reglamento de la ley Nº 29711 (sobre protección de aportes en el Sistema Nacional de Pensiones):
Reglamento de la ley N.º 29711 Artículo 1º.- Acreditación de periodos de aportación al Sistema Nacional de Pensiones La acreditación de periodos de aportación al Sistema Nacional de Pensiones deberá seguir las siguientes reglas:
1.1 Para la acreditación de periodos de aportaciones, son medios probatorios idóneos y suficientes los siguientes:
- a) Certificados de trabajo.
- b) Boletas de pago de remuneraciones.
- c) Liquidación de tiempo de servicios o de beneficios sociales.
- d) Constancias de aportaciones de la Oficina de Registro y Cuenta Individual Nacional de Empleadores Asegurados (ORCINEA), del Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o de EsSalud. e) Cualquier documento público conforme al artículo 235º del Código Procesal Civil.
Es esta razón legal que se debe devolver todos los descuentos del Fonavi. La entrega puede ser personal en las oficinas del Fonavi del Jr. Carabaya 721 en Lima o por vía virtual https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavi/.- ¡Falta poco para que veas tu dinero!
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