SI NO ESTÁS CONFORME CON MONTO, ADJUNTA DOCUMENTACIÓN PROBATORIA E IMPUGNA
El lunes último la secretaria técnica de apoyo a la comisión Ad Hoc Fonavi habilitó la recabación del CERAD para el grupo REINTEGRO N°1, el “Certificado de Reconocimiento de Aportes de los Fonavistas” es a la vez una constancia que detalla toda la información relevante que incluye el dinero aportado, el tiempo transcurrido y el monto que percibirán en el proceso de devolución.
Es importante destacar que el CERAD no es requisito para el trámite de devolución; su función es puramente informativa y queda en posesión del aportante. Si no estás conforme con el monto reconocido en tu CERAD, tienes la posibilidad de adjuntar documentación probatoria y presentar una impugnación. Este proceso es especialmente relevante para aquellos fonavistas a quienes no se les reconoció el total de sus aportes.
ENLACE EN LA WEB DE LA SECRETARÍA TÉCNICA
Ya se encuentra disponible la consulta del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista – CERAD, para todos los beneficiarios incluidos en el Vigésimo Grupo de Pago (diciembre 2023) y el Primer Grupo de Reintegro (mayo 2024) del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios,

La Resolución N° 001-2024/CAH- LEY N° 29625 establece que el Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista (CERAD) será emitido de forma virtual por medio de la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley N° 29625 para los beneficiarios del padrón aprobado.
Asimismo, se precisó que aquellas personas que deseen tenerlo en formato físico podrán recabarse en las plataformas de atención al fonavista, ingresando al link https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic5/index.jsp


CONSULTA DEBE SER REALIZADA SÓLO POR TITULAR O SUS HEREDEROS
Se encuentra disponible la consulta para los herederos que han iniciado su trámite de devolución ante el Banco de la Nación, cuyo Fonavista Titular ha sido beneficiario del Primer al Vigésimo Grupo de Pago y del Primer Grupo de Reintegro (mayo 2024), del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios, ingresando el documento de identidad del titular al siguiente link https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic4/index.jsp
Recuerde que la publicación de los deudos que han iniciado trámite ante el Banco de la Nación para el cobro de la devolución del Fonavista Titular fallecido, estará disponible por cuarenta y cinco (45) días calendarios, plazo en el cual, si hubiera oposición de alguna persona que considere tener mejor o igual derecho como heredero, deberán presentar ante cualquier oficina el Banco de la Nación el documento que acredite tal condición.
Una vez finalizado el periodo de presentación de la oposición, existe un periodo adicional de hasta cinco (5) días hábiles, para la generación de la orden de pago correspondiente y pueda acercarse al Banco de la Nación a realizar el cobro. Finalizado el periodo de presentación de la oposición en cada caso, no se realizarán más registros de deudos para el fonavista titular fallecido.
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INFORMACIÓN ADICIONAL PARA OTROS GRUPOS DE PAGO
Si eres parte de los grupos de pago del 1 al 19 y aún no tienes acceso al CERAD, algunos fonavistas han expresado su preocupación. Sin embargo, según la Asociación de Fonavistas del Perú, los dirigentes y representantes de la Comisión Ad Hoc brindarán información sobre los beneficiarios mayores de edad que no salieron en la última lista de devolución.
“En dicha plaza histórica para los fonavistas también se estará informando sobre la activación de pago parcial a 71.400 fonavistas y sus deudos que no pudieron cobrar pese a ser parte de las listas de pago parcial del 1 al 19,” señaló la representación fonavista.
Además, se trabaja en la inclusión de los 338.000 fonavistas que aún no han sido beneficiados, cumpliendo con lo establecido en el Artículo N° 70 de la Constitución Política, que prohíbe la confiscación de propiedad.
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