El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó ayer el reglamento que establece la información financiera que las empresas del sistema financiero deben proporcionar a la Sunat para el combate de la evasión y elusión impositiva.
Empresas del sistema financiero deben suministrar a la Sunat, respecto de cada cuenta, la siguiente información:
a) Los datos de identificación del titular o titulares:
i) En el caso de personas naturales: nombre, tipo y número de documento de identidad, número de RUC o NIT de contar con dicha información y domicilio registrado en la empresa del sistema financiero.
ii) En el caso de entidades: denominación o razón social, número de RUC o el NIT de contar con esta información, domicilio registrado en la empresa del sistema financiero y, de corresponder, el lugar de constitución o establecimiento.
b) Los datos de la cuenta: tipo de depósito, número de cuenta, Código de Cuenta Interbancario (CCI), así como la moneda (nacional o extranjera) en que se encuentra la cuenta que se informa.