En abril vence plazo que emitió el TC para incremento de pensiones

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Juan Bartolomé Burgos Oliveros
Juan Bartolomé Burgos Oliveros

¡ESPECIAL PARA JUBILADOS! Este 16 de abril vence el plazo dado por el Tribunal Constitucional (TC) para que el Gobierno cumpla con la sentencia N° 0009-2015 que dispone el aumento progresivo de la pensión mínima de los jubilados del DL. 19990 y DL. 20530.

Como se sabe, la sentencia en referencia fue emitida el 16 de abril del año 2019 la misma que dio un plazo de tres años para que el Ejecutivo y el Legislativo realicen las acciones respectivas que conlleven al incremento de pensiones.

Para esa fecha el Gobierno ya debe haber dado el aumento a los jubilados

Dicha sentencia a letra dice: “Disponer que el Poder Ejecutivo y el Congreso de la República, conforme a sus atribuciones, promuevan el aumento progresivo de la pensión mínima en los diferentes regímenes pensionarios de acuerdo a lo expuesto en los fundamentos 114 y 120 de la presente sentencia, en el plazo de 3 años. De no hacerlo en dicho plazo, el TC, en la etapa de supervisión de cumplimiento de sentencias, podrá adoptar las medidas que se estimen necesarias para tal efecto”.

El proyecto de Ley 935 presentado por el congresista Burgos en diciembre del 2021, recoge cuatro propuestas legislativas anteriores que exigen el aumento de pensiones.

INCREMENTO DE 85 SOLES EN EL 2019

Tal y como lo dispuso el TC en ese momento (2019), efectivamente el Ejecutivo decretó el incremento de pensiones, subiendo 85 soles la pensión mínima, pasando de 415 soles a 500 soles. Cabe recordar que dicho aumento se produjo luego de 18 años.

Durante todo ese tiempo el sueldo básico subió dos veces, mientras que las pensiones de los jubilados se mantuvieron iguales durante 18 años. Según los dirigentes jubilados “se cometió la peor injusticia que se puede dar contra los peruanos, más aún tratándose de personas mayores que por años han cumplido con sus aportes al Estado, teniendo que recibir pensiones realmente lamentables que no se ajustan al costo de vida”.

Es por ello, que el 16 de abril del presente año se vence el plazo para que se ejecute el incremento de pensiones. De esta manera, el congresista Juan Bartolomé Burgos Oliveros presentó en diciembre del 2021, un proyecto de Ley actualizado N° 935, a fin que se retome el tema y se logra el aumento de pensiones.

Este proyecto de Ley de Burgos, es una recopilación de los proyectos anteriores que solicitaban el aumento de pensiones y que se espera pueda ser aprobado en el Pleno del Congreso.

Son cuatro proyectos de Ley en todos se pide el aumento de pensiones cuyo monto no sea menor a la Remuneración Mínima Vital (RMV) de los trabajadores del Perú que en la actualidad asciende a 930 soles. Los proyectos en referencia son:

  • Proyecto de Ley N° 136/2016-CR
  • Proyecto de Ley N° 2108/2017-CR
  • Proyecto de Ley N° 2775/2017-CR
  • Proyecto de Ley N° 34712018/2016-CR

Como se sabe, estos proyectos de Ley tuvieron observaciones realizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas alegando que  las proposiciones para la elevación de las pensiones a una RMV es inviable, es por ello que, al ponerse trabas, no se realizó otro aumento quedándose postergado; sin embargo, los tres años dados de plazo por parte del TC ya están por vencer y se tendrá que cumplir con la sentencia.

PROPUESTA DE LOS 4 PROYECTOS DE LEY

Qué es lo que plantean las cuatro propuestas legislativas anteriores y que han recaído en el actual proyecto de Ley presentado por el congresista Burgos. Aquí se lo contamos:

*Proyecto de Ley N° 136/2016-CR

Propone que los pensionistas del DL. 19990 y del SPP perciban una pensión mensual el monto que les corresponda, el que en ningún caso será menor a una Remuneración Mínima Vital.

*Proyecto de Ley N° 2775/2017-CR

Propone que todo asegurado obligatorio que haya cumplido con aportar de manera consecutiva o no consecutiva 15 años al SNP y alcance la edad de jubilación requerida en el DL. 19990, tendrá derecho a una pensión que no podrá ser menor al 50% de la remuneración de referencia que se obtiene de las últimas 12 remuneraciones. El financiamiento del aporte será 9% a cargo del trabajador y 6% a cargo del empleador.

*Proyecto de Ley N° 2108/2017-CR

Propone que los pensionistas del SNP DL. 19990, DL. 20530 y del SPP, perciban como pensión mensual el monto que les corresponda que en ningún caso será menos a una Remuneración Mínima Vital y los pensionistas cuyas pensiones sean menores a una RMV se nivelarán gradualmente hasta alcanzar el monto actualizado de una RMV en un periodo de 12 meses.

*Proyecto de Ley N° 3471/2018-CR

Tiene como objeto declarar de preferente interés nacional y social determinar una pensión mínima mensual, equivalente a una Remuneración Mínima Vital para que los pensionistas del sistema nacional peruano que administra la ONP. Texto sustitutorio: Artículo único: Declárese de interés nacional el establecimiento progresivo de una pensión mensual equivalente a una Remuneración Mínima Vital para los pensionistas pertenecientes al régimen del DL. 19990 y DL. 20530.

Estos proyectos están actualizados y terminan en el proyecto de Ley 935/2021. Esta propuesta es importante porque es un proyecto declarativo, que se unificará con otros proyectos de Ley actuales a fin de sacar un dictamen que sea aprobado en el Pleno del Congreso.

Evolución de la pensión mínima DL. 19990

AÑO PENSIÓN MÍNIMA-SOLES
1996 200
1997  
1998 250
2000  
2001 350

415

Del 2001 al 2019 pasaron 18 años sin incrementarse las pensiones
2019 500