Devolución de aportes ONP debe iniciar en enero conforma cronograma

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Tribunal Constitucional
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El Tribunal Constitucional informó que el último viernes que notificó formalmente al Congreso sobre la presentación de la demanda interpuesta por el Poder Ejecutivo contra la ley que permite la devolución de aportes de la ONP, luego de que esta fuera admitida a trámite y se designara como ponente al magistrado José Luis Sardón. Luego de ello, el Congreso tendrá que dar su conformidad y el proceso de la demanda continuará.

En tanto TC notificó al Congreso la demanda contra la ley de devolución de aportes de la ONP

Como se sabe, los constitucionalistas informaron que dicho trámite durará al menos cuatro meses, en tanto-según dijeron-la ley de devolución de aportes tiene que cumplirse y comenzar los pagos. Se calcula que en enero del próximo año ya estén cobrando.

Para ello conforme lo dijo la propia premier Violeta Bermúdez, el Ministerio de economía viene realizando un procedimiento o cronograma el cual tendría que estar listo este mes; todo ello en virtud al procedimiento legal que indica la norma aprobado en el Congreso para que se proceda con la devolución de aportes a los afiliados ONP hasta por un monto de S/4,300. En tanto que los pensionistas recibirán una retribución económica de S/930.

DEMANDA ANTE EL TC

El pasado miércoles el Poder Ejecutivo, a través de la Procuraduría Pública Especializada en Materia Constitucional, interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31083, que establece un régimen especial facultativo para la devolución de fondos a los aportantes activos e inactivos bajo el decreto ley 19990 administrados por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

En esta demanda, que fue presentada por el procurador Luis Alberto Huerta Guerrero, se alega que la ley que dispone la devolución de los fondos administrados por la ONP afecta el derecho como el acceso a una pensión de los adultos mayores y el carácter intangible de dichos recursos.

En la acción planteada se indica que el dispositivo debilita el Sistema Nacional de Pensiones, que funciona como un “fondo de reparto solidario”, en donde el otorgamiento de pensiones a los actuales pensionistas se financia con lo recaudado por el aporte de los afiliados activos. “Si este fondo se emplea para dar cumplimiento a la ley, se pondría en riesgo el pago de pensiones”, advierte el Ejecutivo.

El Gobierno sostiene, además, que la norma promulgada por el Congreso va contra el artículo 43 de la Constitución, que reconoce el principio de separación de funciones, que comprende la obligación de cooperación entre órganos constitucionales. “La ley ha sido emitida al margen de la interacción que debe existir entre el Congreso de la República y el Poder Ejecutivo para expedir normas que tienen impacto en la economía del país”, cuestiona.