El viceministro de Trabajo, Juan Navarro, reveló que a partir de este viernes 28 de abril los trabajadores tienen derecho a solicitar a su empleador acogerse al teletrabajo, y el empleador tiene 10 días para darle una respuesta, ya sea positiva o negativa.
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En el caso de que sea negativa, dijo, el empleador tiene que fundamentar su decisión, pues no basta con decirle solo “no procede”, y una de las razones que podría abogar es que el puesto de trabajo de ese trabajador no está considerado para esa modalidad.
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En el caso de los trabajadores “híbridos”, es decir, que algunos días hacen trabajo presencial, y otros días teletrabajo, el viceministro respondió que, si no hay acuerdo previo, por defecto es el empleador el que cubre los gastos.




