La justicia en Barcelona considera que las declaraciones de la víctima y las pruebas periciales son adecuadas para llevar a juicio al acusado
La Audiencia de Barcelona ha decidido llevar a juicio al exfutbolista del FC Barcelona, Dani Alves, acusado de agresión sexual por presuntamente violar a una joven en el reservado de una discoteca en Barcelona en diciembre pasado. En su fallo, la sección 21ª de la Audiencia ratifica el procesamiento del exjugador brasileño, respaldando la decisión al considerar que las declaraciones de la víctima y los testigos, junto con las pruebas periciales, proporcionan indicios suficientes para sustentar la acusación de agresión sexual.
Esta resolución abre un plazo de cinco días para que la Fiscalía y la acusación particular, representada por la víctima, presenten sus escritos de calificación, el último paso antes de determinar la fecha del juicio. La titular del juzgado de instrucción número 15 de Barcelona había procesado a Alves en julio, confirmando su situación de prisión preventiva y estableciendo una fianza de 150.000 euros para posibles indemnizaciones a la víctima.
🔴 Dani Alves irá finalmente a juicio acusado de agresión sexual https://t.co/OMHIZD9Bzo
— MARCA (@marca) November 14, 2023
La defensa de Alves, a cargo de Inés Guardiola desde octubre pasado, solicitó la nulidad del caso argumentando que las filtraciones sobre la investigación habían vulnerado la presunción de inocencia del acusado, que se habían pasado por alto de manera selectiva los elementos que cuestionaban la denuncia de la víctima y que la juez había perdido su neutralidad debido al “juicio paralelo” llevado a cabo en los medios de comunicación.
“Cuando la difusión mediática lo es a gran escala, la contaminación de la investigación judicial se vuelve irremediable e irreversible, siendo la vulneración de los derechos fundamentales que asisten al investigado insubsanable”, apuntaba el recurso de la defensa de Alves.
La Audiencia de Barcelona reconoce que los casos que involucran a “personajes públicos” generan una “clara repercusión mediática” y que los medios pueden expresar opiniones que afecten a la presunción de inocencia “en su aspecto extraprocesal”. Sin embargo, concluye que esto no afecta al proceso judicial y señala que la vía para abordar este problema sería el ámbito de protección del derecho al honor.
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En su fallo, la Audiencia lamenta las filtraciones y los “juicios paralelos”, pero subraya que estos elementos no pueden resultar en la anulación de la instrucción, ya que no tienen un impacto directo en el proceso judicial.
Asimismo, sostiene que, a pesar de las críticas de la defensa hacia la jueza instructora, no se ha solicitado su recusación ni se han presentado pruebas de que su supuesta falta de imparcialidad haya influido en el proceso. Al contrario, la Audiencia recuerda que la magistrada aceptó todas las diligencias solicitadas por la parte acusadora durante la investigación.