Cooperativas podrán recibir CTS y hipotecas

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Una vez que las cooperativas de ahorro y crédito se hayan inscrito en el Registro Nacional de Cooperativas, podrán ofrecer nuevos productos financieros, como es el caso de créditos hipotecarios y recibir depósitos como por ejemplo Compensación Por Tiempo de Servicios (CTS), así como otros productos que no requieran autorización expresa por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), afirmó el superintendente adjunto de Cooperativas de la SBS, Carlos Basso.

No obstante, dijo, hay otros servicios financieros que requerirán de autorización por parte de la SBS, como el caso de la emisión de tarjetas de crédito y de débito.