Con nueva fórmula aumentarán pensiones a jubilados

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Jubilados
Jubilados

Conforme a la Ley Nº 23908 que toma en cuenta la Remuneración Mínima Vital (RMV)

Los jubilados de la Ley 19990 continúan a la espera de que, Pleno del Congreso, debate el proyecto de Ley aprobado en la Comisión de Trabajo del Parlamento, respecto al ansiado incremento de pensiones similar a la actual Remuneración Mínima Vital (RMV). Incluso existe una tabla escalonada sobre cuánto es lo que le corresponde a cada jubilado. Lamentablemente hasta la fecha no hay respuestas, aunque existe una luz de esperanza, luego de que los asesores del Ministerio de Justicia den su informe final (de todo lo revisado que fue entregado por la ONP) y se espera que en breve por fin se ejecuten los aumentos.

Al respecto, la Federación Nacional de Personas Adultas Mayores del Perú (FENAPAM-PERU), que agrupa a miles de pensionistas, decidieron contratar a la perita judicial de Lima, doctora Luz García Piérola, quien finalmente preparó un informe pericial contable de parte (con más de 200 folios), en el que concluye que para aplicar la Ley N° 23908, debe tenerse en cuenta el valor de la Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente a la fecha de pago.

Remuneración Mínima Vital
Remuneración Mínima Vital

De dicho informe se concluye que, a la fecha, el valor de la Remuneración Mínima Vital asciende a S/. 930, por consiguiente los tres mínimos de la Ley N° 23908 asciende a S/. 2,790 (3 x 930 = 2,790), que es el monto que se viene exigiendo en aplicación de la sentencia N°0703-2002-AC/TC.

Los pensionistas señalan que, a fin de contar con mayores elementos de juicio, han acudido a la Defensoría del Pueblo, al Colegio de Abogados de Lima, al estudio jurídico privado Torres y Torres Lara, y al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de los cuales todos han señalado que para aplicar La ley N° 23908, debe tomarse como base el valor de la Remuneración Mínima Vital vigente a la fecha de pago, según el cuadro publicado.