Cómo lograr la acreditación de aportes en la ONP para jubilarte

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Jubilados
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LETRADA DEYSI CASTILLO DETALLA LA MANERA DE ACCEDER A PENSIÓN Y OTROS BENEFICIOS

Por: Rafaela Rodríguez

Deysi Castillo
Deysi Castillo

Deysi Castillo, presidenta de la Coordinadora de Defensa de Afiliados y Pensionistas (CODAPE) reveló la existencia de deficiencias por parte de la ONP (Oficina de Normalización Previsional) en perjuicio de los asegurados que desean acreditar sus aportes, y por ello, dio a conocer la necesidad de una urgente digitalización de archivos antiguos ya que, en algunos casos, el Tribunal Constitucional (TC) ha señalado que la ONP ha vulnerado el debido procedimiento al no reconocer debidamente tales aportaciones.

Castillo plantea la posibilidad de recuperar dichos aportes por vía judicial o a través de una ley dada por el Congreso de la República, para lo cual ya vienen coordinando una iniciativa legislativa con bancadas afines a la defensa de los jubilados para que la ONP cumpla una efectiva labor de acreditación.

-Como defensora de los jubilados ¿cuál es el reclamo más común por parte de los asegurados?

La falta de acreditación de aportes en la ONP, estas personas cuando trabajaban en periodos antes de 1999, ONP, por ejemplo, te pide de que presenten documentos como certificados de trabajo, boletas de pago o cualquier otro documento que acredite el vínculo laboral.

Eso es importante, estamos hablando de una data de hace 30, 40 años; y aun si lo presentara, ONP lo que va hacer es buscar esas aportaciones en sus registros, tenemos la fuente de ORCINEA (Oficina de Registro y Cuenta Individual Nacional de Empleadores Asegurados), Sistema Nacional de Pensiones, el IPSS (Instituto Peruano de Seguridad Social) posteriormente ya en el año 92 , 93 se dividen, se convierten; uno en EsSalud, y el otro se convierte en ONP, entonces la información que data del seguro social es una base de datos que ellos tienen sobre los aportes que los empleadores han realizado para que sus trabajadores tengan seguro social, atención médica; y también hay otro registro sobre los libros de planilla, en ese momento se trabajaba así, respecto a las declaraciones que han realizado los empleadores sobre sus aportes al SNP, cada uno de sus trabajadores en esos tiempos, hay que tener en cuenta que en esos momentos la información era física, no había como ahora que todo es virtual.

Se puede considerar los aportes, ubicar, por ejemplo, en la SUNAT, es la SUNAT actualmente quien realiza la recaudación, anteriormente lo hacía el IPSS. ¿Ante esto, qué hizo ONP cuando uno quiere hacer la acreditación de aportes? por más que uno lleve los certificados de trabajo, las boletas y otros documentos adicionales, ONP indica que no lo encuentra en su base de datos por más que uno cumpla, entonces lo que la gente tiene que hacer es ir al Poder Judicial y hacer validar esas aportaciones.

-¿Para qué sirve acreditar ello?

Esta tramitación sirve primero para solicitar un Bono de Reconocimiento, sirve para generar una libre desafiliación en caso quiera retornar a la ONP si se fue a AFP, sirve para solicitar una pensión de jubilación que puede ser en ONP, AFP uniendo los aportes y todo eso.

Si ellos no tienen esa acreditación de aportes no van a poder acceder a un beneficio, lo que es la seguridad social, y ahora también hay otro perjuicio en la acreditación, en cuanto no sean acreditados tus aportes, considerando que FONAVI no tiene un registro de lo que cada trabajador aportó, por decir, 10 soles, 20 soles, ellos no tienen eso.

Lo que tienen es un común, un total mensual lo que realiza de aporte el empleador por cada mes aportado, mas no tienen algo específico por cada trabajador, al no tener esa información los del FONAVI ellos se van a valer de información que tenga una fuente oficial como lo establece su reglamento en el artículo 4, el reglamento de la ley 29625 en la cual hablan sobre la validez de la documentación que es expedida por una fuente oficial, en este caso puede ser ONP, AFP; o también los informes de ORCINEA, de lo que es el seguro social, que están bajo custodia de la ONP.

-Mencionó lo de hacer el trámite en el Poder Judicial, ¿cómo se llama ese proceso y en qué tiempo se resuelve?

Básicamente es una demanda para buscar la acreditación de aportes, esto demora de 3 a 4 años, es largo, es un proceso muy largo, incluso llegan al Tribunal Constitucional mediante una medida de amparo, una demanda de amparo porque ellos lo que buscan es que se reconozcan todas sus aportaciones, al ser un derecho constitucional, y esto demora 2, 3, 4 años y esto es demasiado cuando la ONP ya tiene esta información, solo que muchas veces como no está digitalizada, está tercerizado, por ejemplo, en buscar estos aportes en ORCINEA, tiene una empresa para que vaya y lo busque, para calificar los documentos, tiene otra empresa para hacer la calificación de los documentos para ver si están o no están.

A las finales, el asegurado no tiene la seguridad, la certeza que hayan ido realmente a buscar esa información, lo otro es que vayan a buscar al empleador para que ellos verifiquen las planillas, si han trabajado allí o no, estamos hablando de empleadores de 30, 40 años atrás y en muchos casos no están.

-¿De qué otra manera se puede acceder a esa información?

Mediante la Ley de Transparencia se puede solicitar duplicados de esas planillas, encontrar información y hacérsela llegar a ONP o pedir el duplicado del expediente administrativo para verificar si en los documentos aparece si realmente han ido a buscar al empleador. A veces, el empleador no puede estar pero sí mantiene bajo su custodia los libros de planilla, ellos van a la dirección. Pero como en ese momento no los encontraron, ya no vuelven a ir y simplemente como no les afecta a ellos no vuelven a buscarlos ni hacen mayor insistencia para que se pueda atender esta búsqueda de aportes.

Si bien es cierto, los asegurados presentan las boletas de pago en que se pueda verificar que se ha hecho la retención de esos aportes, el TC ha indicado de que el responsable de hacer la recaudación de esos aportes es la ONP a través de la SUNAT, ellos tienen que ver los mecanismos para poderle dar la atención, ver cómo los buscan, eso es problema de ellos, no pueden estar dándole siempre la carga de prueba al asegurado.

 

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PARA QUÉ SIRVE QUE TE ACREDITEN TUS APORTES

-Acreditar aportes repercute en beneficios como bonos de reconocimiento, desafiliación de la AFP, y solicitar una pensión de jubilación, ¿correcto?     

Sí, por eso es importante

-Para concluir, la manera de poder rescatar estos aportes es por vía judicial, ¿así demore 3 o 4 años existe esa posibilidad?  

Claro que sí, pero es un incentivo perverso que está generando la ONP simplemente para darle 24 millones anuales a 15 estudios jurídicos.

-La otra posibilidad es lo que comentaba que el Congreso intervenga

Lo que nosotros estamos pidiendo es que se digitalice toda esa información que la ONP tiene en su poder, información que existe de manera física y por el tiempo se va deteriorando, es importante que se digitalice esa información y pase a su estado de cuenta de cada uno de los afiliados ya sea de la ONP y si estuviera en la AFP porque todos esos aportes quedan trasladados por el bono de reconocimiento, esa información la tiene la ONP pero no tenemos la transparencia, si tengo 5 empleadores, de los 5 ONP tiene 4, yo solo me tengo que abocar a buscar información de uno, pero en este caso ONP dice presenta toda la documentación y si solo tienes de 3, solo de esos tres te acredita.

Ley 1.-Decreto Supremo que elimina la Acreditación de Aportes.

Ley 2.- DS N° 354-2020-EF que sí considera la acreditación de aportes, a partir del 25 de noviembre de 2020.

Ley 3.- Artículo 32 del Decreto Supremo N° 354-2020-EF de su Reglamento Unificado señala que CADA 5 AÑOS, ONP DEBE ENTREGAR UN CERTIFICADO DE APORTES. Y eso no se cumple.

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