Calendario de pagos de salarios y pensiones en el Estado para el año 2023

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Se efectúo también la programación de los pagos correspondientes a las pensiones de la ONP

El calendario anual mensualizado para el pago de salarios y pensiones en el sector público durante el Año Fiscal 2023 ha sido aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Mediante la Resolución Viceministerial N° 003-2022-EF/11.01, difundida en el periódico oficial El Peruano, se ha aprobado el calendario de desembolsos para las pensiones vinculadas al Decreto Ley 19990. Estas pensiones están financiadas mediante el presupuesto asignado a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Los detalles del mencionado cronograma se encuentran especificados en los anexos de la normativa.

– Anexo 1: cronograma de pagos anual mensualizado de remuneraciones para el año fiscal 2023, a cargo de las unidades ejecutoras de los pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales.
– Anexo 2: cronograma de pagos anual mensualizado de pensiones (Decreto Ley 20530) para el Año Fiscal 2023, a cargo de las unidades ejecutoras de los pliegos del Gobierno Nacional y gobiernos regionales.
– Anexo 3: cronograma de pagos anual mensualizado de pensiones (Decreto Ley 19990) para el Año Fiscal 2023, a cargo de la ONP.

La presente resolución viceministerial establece que el cronograma detallado en el Anexo 1 engloba los pagos destinados al personal bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), así como otros pagos de naturaleza periódica y no remunerativa, como el Estipendio por Servicio Civil de Graduandos (Secigra) y el Servicio Rural y Urbano Marginal en Salud (Serums), propinas para practicantes, animadoras, alfabetizadoras y alumnos de escuelas militares y policiales, entre otros de características similares.

Asimismo, se establece que las responsabilidades relacionadas con la bonificación por escolaridad y los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad se cumplirán de acuerdo con los anexos del mencionado cronograma, en los meses correspondientes.

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La normativa establece que para las obligaciones adicionales relacionadas con los pagos de remuneraciones y/o pensiones, como la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), gratificaciones bajo el Régimen Laboral 728, indemnizaciones u otros similares, se seguirán las fechas y oportunidades indicadas en la legislación vigente.

Además, se permite que las unidades ejecutoras con personal bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo 728 puedan efectuar el pago de remuneraciones y gratificaciones correspondientes a julio y diciembre en un único desembolso, en la fecha estipulada para atender dichos conceptos.

Por último, se establece que la presente norma junto con sus anexos serán publicados en la plataforma digital del MEF (www.gob.pe/mef).