La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) autorizó a las entidades del sistema financiero a adoptar medidas de excepción a ser aplicadas a los créditos de deudores minoristas que puedan haber sido afectados en las zonas en estado de emergencia con intensas lluvias y desbordes de ríos que impactan actualmente a diversas regiones del país, incluida Lima Metropolitana.
Según el Oficio Múltiple N° 12174-2023-SBS, estas medidas serán evaluadas por cada empresa del sistema financiero, de acuerdo con el alcance geográfico que determine y previo análisis del nivel de impacto sobre su portafolio de deudores.
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En ese sentido, las entidades financieras quedan facultadas a modificar las condiciones contractuales de los créditos minoristas (consumo, hipotecario, microempresa y pequeña empresa), sin que esto constituya una refinanciación (ni un deterioro en la calificación crediticia de los deudores), pudiendo ampliar el plazo total de los referidos créditos hasta por seis meses del plazo original.