TC Y DEFENSORÍA LA ‘SALVARÍAN’ PARA QUE SE QUEDE EN PALACIO
¿Defensa institucional o blindaje político? En un giro controversial, el Tribunal Constitucional (TC) y la Defensoría del Pueblo han asumido un rol protagónico en la estrategia legal de defensa de la presidenta Dina Boluarte Zegarra, quien busca evitar ser investigada por el Ministerio Público durante su mandato. Usando el artículo 117° de la Constitución como escudo jurídico, la mandataria ha interpuesto una demanda competencial contra el Poder Judicial y el Ministerio Público, argumentando que solo puede ser acusada por los supuestos expresamente indicados en dicho artículo.
El TC no solo admitió la demanda, sino que también permitió la participación como amicus curiae de la Defensoría del Pueblo, institución que, de manera poco común, ha asumido una postura alineada con la defensa presidencial. Con ello, se abre una polémica respecto al verdadero rol de estas instituciones en un Estado de derecho: ¿se trata de una legítima interpretación constitucional o de un aparente acto de encubrimiento político?
El mencionado artículo establece que el presidente de la República solo puede ser acusado durante su mandato por cuatro causales específicas: traición a la patria, impedir elecciones, disolver inconstitucionalmente el Congreso y obstruir el funcionamiento de organismos electorales. Esta norma fue diseñada originalmente como un mecanismo de estabilidad institucional, en línea con estándares del derecho internacional que reconocen cierta inmunidad a jefes de Estado en ejercicio.
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El país enfrenta nuevamente la tensión entre la protección de las instituciones y la exigencia ciudadana de justicia e igualdad ante la ley. La votación del pleno del TC, anunciada para mayo, será decisiva no solo para el futuro legal de Boluarte, que, con una conducta cuestionable, solo pretende evadir a la justicia en todos sus extremos; sino también para el rumbo constitucional del país.