¡Atención! Empleadores a pagar horas extras

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Trabajadores
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En lo que puede constituir un cambio de criterio, la Corte Suprema de Justicia dispuso el otorgamiento automático de las horas extras reclamadas, por carecer el empleador del registro de ingreso y salida de los trabajadores.

Así, en la Casación Laboral Nº 17885-2017-Del Santa, la judicatura señaló que el hecho de que el empleador no presente en un juicio los registros de entrada y salida, luego de que el trabajador solicitó que estos fueron exhibidos, generaría el reconocimiento automático del pago de horas extras demandadas.

Al respecto, se entendería que ha existido una actitud obstruccionista de parte del empleador y en consecuencia se procedería a reconocer como cierto el trabajo en sobretiempo reclamado por el trabajador y el respectivo pago como remuneración por horas extras, explicó el laboralista Elmer Huamán.

Agregó que con este pronunciamiento, la Corte Suprema varía una doctrina jurisprudencial que había afianzado desde el 2015 en varias sentencias, en que se denegó el pago de horas extras reclamadas por trabajadores pese a que sus empleadores no presentaron los registros de entrada y salida, ya que dichos trabajadores no lograron proporcionar pruebas que demostraran el trabajo en sobretiempo.