El Tribunal Constitucional ordenó al Poder Judicial que emita un nuevo pronunciamiento respecto al pedido que hizo la ex cantante folclórica, Abencia Meza, para que se le otorgue el beneficio penitenciario de semilibertad.
El máximo intérprete de nuestra carta magna adoptó la medida al declarar nula la resolución que emitió la Cuarta Sala Penal Liquidadora de Lima, el 17 de septiembre del 2024, en la que declaró infundado un recurso de apelación de Abencia Meza. En esa fecha, además, confirmó una resolución de primera instancia emitida el 24 de enero del 2024, en la que se declaró improcedente el beneficio penitenciario de semilibertad que solicitó la también conocida como la “Reina de las Parranditas”.
Leer también [Ministerio de Educación inicia la implementación de infraestructura temporal por emergencia en Junín]
El Tribunal Constitucional emitió esta decisión tras declarar “fundada en parte” una demanda de hábeas corpus que presentó Yosmel Lugo Meza en favor de su madre, la ex cantante folclórica Abencia Meza, por una vulneración a la debida motivación de las resoluciones judiciales.




