CONOCE LO QUE DISPONE ONP SOBRE POSIBILIDAD DE REINSERTARTE EN EL MERCADO LABORAL
La Oficina de Normalización Previsional (ONP) establece que los pensionistas pueden combinar sus ingresos laborales con la pensión, lo que les permite mantener su calidad de vida. Sin embargo, es fundamental que los jubilados informen a sus empleadores sobre su estado para evitar inconvenientes.
Además, existen requisitos específicos para acceder a la pensión máxima en la ONP, que incluyen años de aportación y edad mínima. Conocer estos detalles es esencial para una adecuada planificación financiera.
Los pensionistas de la ONP tienen la posibilidad de trabajar y recibir su pensión simultáneamente sin que esto afecte el monto de sus prestaciones. La normativa vigente no establece límites para la combinación de ambos ingresos. Si eres trabajador dependiente, es importante informar a tu empleador que eres pensionista del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) para evitar retenciones o descuentos como el 13% destinado a las aportaciones previsionales.
Excepcionalmente, el pensionista del Decreto Ley 19990 podrá percibir simultáneamente pensión y remuneración, siempre y cuando la suma de estos dos conceptos no supere el 50% de la UIT vigente. Para el año 2025, dicha suma no deberá exceder los S/.2, 675 Nuevos Soles. En esta situación el aporte a la ONP de los trabajadores pensionistas será tanto en la pensión como en la remuneración de acuerdo al porcentaje estipulado en la ley para cada uno de estos ingresos.
En el caso de jubilados bajo el régimen del Sistema Privado de Pensiones (SPP), los jubilados pueden volver a trabajar sin dejar de recibir su pensión de jubilación, y no realizarán aportes obligatorios a dicho Sistema.
¿Debo informar a mi empleador si sigo trabajando tras jubilarme?
Si ya figuras como jubilado y deseas seguir trabajando, es prudente informar a tu empleador sobre tu situación. Aunque los jubilados pueden volver a laborar, existen regulaciones y consideraciones que deben tenerse en cuenta. Informar a tu empleador te permitirá cumplir con las obligaciones legales y administrativas correspondientes, como la actualización de tu estado laboral y la posible modificación de tus beneficios o impuestos. Además, esto ayudará a evitar cualquier conflicto o inconsistencia en tu situación laboral y de jubilación.
Compatibilidad entre trabajo y pensión en el SPP y SNP
Un afiliado a la AFP que cumple 65 años y decide seguir trabajando puede solicitar su pensión sin necesidad de cesar en su empleo. Una vez otorgada la pensión, el jubilado no está obligado a dejar de trabajar ya que no existe restricción legal para recibir ambos ingresos.
En el SNP, existe la posibilidad de percibir una pensión y remuneración de manera simultánea se ha implementado de forma progresiva en el sistema público. Pero desde el 23 de abril de 2023, todos los jubilados bajo un régimen previsional administrado por el Estado pueden recibir ambos conceptos a la vez.
¿Qué sucede con los ingresos al seguir trabajando?
Asimismo, una persona mayor de 70 años podría continuar laborando por recibo por honorarios.
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Documentos necesarios para tramitar jubilación
Fuentes de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP indican, de forma resumida cuáles son los documentos a presentar para comenzar el trámite de jubilación.
- La sección IV del formato de Solicitud de Pensión de Jubilación del SPP.
- La Póliza de la Renta Vitalicia contratada.
- La boleta de pago de la pensión.
- La constancia de estado pensionario.
- Cualquier otro documento que acredite su condición previsional.
Se puede presentar la constancia que acredita que se es pensionista del sistema público o del sistema privado. Asimismo, se puede presentar las boletas de pago de las pensiones o los actos administrativos por los que se reconocieron el otorgamiento de la pensión. “Las empresas y entidades públicas, tienen la posibilidad de acceder a determinadas plataformas abiertas y públicas para verificar la condición de jubilado de una persona, o también pedir información a las entidades previsionales para corroborar ello”
Garantías y protección del sistema de pensiones
Es importante precisar que, en el marco de lo establecido por la Constitución Política del Perú de 1993, los fondos de la seguridad social (conformados por los aportes previsionales) son intangibles, es decir, aquellos solo pueden ser utilizados para garantizar el acceso a cualquier tipo de pensión, como el de la jubilación. En dicho marco, en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), que está bajo la administración de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), los aportes (que como mínimo se exigen 10 años de aportaciones previsionales) sirven para financiar el acceso a una pensión de jubilación. Por ello, existe una obligación de aportar mensualmente en un 13% del ingreso mensual que se percibe, siendo que dichos aportes no se pueden retirar.
En el Sistema Privado de Pensiones (SPP), que está bajo la administración de las AFP, también sirven para financiar las pensiones de jubilación (no se exige una cantidad de años de aportaciones, pues la prestación económica resultará de lo que se aportó y de la rentabilidad que se haya generado hasta que se pida la pensión, lo que se puede efectuar de manera facultativa a partir de que se cumpla 65 años, similar a la ONP).
Cabe añadir que, desde el año 2016 (Ley 30425) se ha implementado una nueva modalidad en las AFP que permite a sus afiliados que cumplan 65 años retirar hasta el 95.5% de sus aportes que están en su Cuenta Individual de Capitalización.
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