Tribunal Constitucional inicia camino al triunfo fonavista

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Fonavistas
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TC emitió una sentencia para que celebren exaportantes al Fonavi

El Tribunal Constitucional (TC) emitió el último 30 abril una sentencia que hará celebrar a los exaportantes al Fonavi. A través de una resolución le dio la razón a la Asociación Nacional de Fonavistas (ANFPP), declarando fundado el Recurso de Reposición, presentado por la ANFPP, que pedía causal de inconstitucionalidad en el procedimiento de la devolución de aportes al Fonavi regulado por la Ley 30114 del presupuesto.

En ese sentido, Andrés Alcántara, presidente de los fonavistas, explicó que dicho procedimiento de devolución, los supuestos beneficiarios, los conceptos que serán devueltos, la fórmula de cálculo de estos, etc, “no pueden ser reguladas ni establecidas por la Ley 30114 del año 2014, porque la devolución del Fonavi es un derecho de propiedad, lo cual es materia ajena al presupuesto, como acertadamente lo reconoce el Tribunal Constitucional en esta resolución”.

Asimismo, el dirigente hizo un llamado a todos los fonavistas injustamente excluidos del proceso de devolución, a mantenerse unidos y fortalecidos en torno a la ANFPP, a fin de lograr el pronunciamiento final del Tribunal Constitucional respecto a dos aspectos de la demanda, como lo son la inconstitucionalidad del procedimiento de la devolución del Fonavi, establecido en la ley 30114; y también la inconstitucionalidad de la Ley 30114 por tener vigencia de un año.

“Estos dos aspectos más resaltantes que analizará el Tribunal Constitucional para emitir su fallo, y que estamos seguros será de acuerdo al ordenamiento jurídico del país, declarando fundada nuestra demanda, por tanto inconstitucional la 72 disposición complementaria y final de La ley 30114, y, al quedar sin efecto dicha disposición, la Comisión Ad Hoc creada por la Ley 296245, en cumplimiento a este mandato, procederá a reincorporar al proceso de devolución a todos los fonavistas excluidos injustamente por el gobierno”, subrayó el dirigente.