Tras el incremento de la RMV el año pasado ahora sigue aumento de pensiones

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Jubilados
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El año pasado 2022, subió la Remuneración Mínima Vital (RMV) de S/930 a S/1,025, lo que significaba que se procedería de inmediato, igualmente, al aumento en las pensiones de los jubilados del DL. 19990. Sin embargo, hasta la fecha los jubilados siguen con sus ínfimas pensiones. Se sabe, que los cálculos técnicos ya están dados por lo que la presidenta Dina Boluarte en cualquier momento haría el anuncio.

Cálculos técnicos ya están listos y pensión mínima de jubilados de 500 soles subirá progresivamente a S/1,025

Y es que desde hace mucho tiempo se viene exigiendo dicho reajuste en vista que la pensión mínima de los jubilados, del DL 19990, solo llega a 500 soles y no puede continuar en ese nivel.

Según dijo Daysi Castillo, presidenta de la Codape, se vienen coordinando una serie de acciones a fin que el gobierno cumpla con incrementar la pensión de los jubilados, pues es un derecho amparado en las normas vigentes y además ratificado por el Tribunal Constitucional.

“La Cenajupe tiene 32 años de existencia y cuenta con bases en todo el país. Incluso, está adherido a la CGTP. Hemos invitado a este organismo a unirse a nuestra lucha. Lo primero es lograr que los afiliados al sistema accedan a una pensión mínima de S/1.025 soles. Ya hemos determinado las primeras acciones”, sostuvo Castillo.

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Igualmente, Milton Tapia, vocero del Colectivo Muerte a la ONP precisó que ha solicitado una reunión con la presidenta Dina Boluarte, a fin de exponer la grave situación de los jubilados, por sus bajas pensiones que no se ajustan a la canasta básica familiar, más aún en época de post pandemia y crisis económica.

Toda vez que ya se incrementó, desde el año pasado, el sueldo básico de los trabajadores peruanos, continuarán los jubilados cuya pensión mínima es de 500 soles, monto realmente escaso y que atenta contra la dignidad de los cesantes.

POSIBLE ESCALA DE INCREMENTO DE PENSIONES JUBILADOS 19990
DE S/500 a S/1,025 PENSIÓN MÍNIMA
S/1,069
S/1,113
S/1,158
S/1,202
S/1,291
S/1,335
S/1,380
DE S/893 a S/1,431 PENSIÓN MÁXIMA

 

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