Transporte informal de pasajeros se multa con S/4 400

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La seguridad, integridad y salud de todos los peruanos es una prioridad. Por ello, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) enfatiza a los conductores y transportistas que realizar el servicio de transporte de personas sin la autorización respectiva se sanciona con una multa de 1 UIT, equivalente a S/ 4 400 sin opción a descuento.

La infracción tipificada como F1 en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte es considerada como muy grave y se impone al prestador informal y al conductor del vehículo. Adicionalmente y como medidas preventivas, los inspectores de la SUTRAN están facultados para internar al vehículo y retener la licencia de conducir.

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