Trabajadores con familiares con COVID-19 tendrán facilidades laborales

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Trabajadores
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Pensando en el bienestar de miles de peruanos, el estado estableció mediante Decreto Legislativo 1499 el derecho de que los trabajadores públicos y privados con familiares directos con diagnóstico positivo de COVID-19 o que forman parte del grupo de riesgo, a tener facilidades laborales. Esto permitirá que puedan atenderlos siempre que no estén hospitalizados y el trabajador sea el único responsable del cuidado y sostén de dichos familiares.

Entre los beneficios están la reducción de la jornada y/o permisos temporales

Entre las facilidades están:

Licencias con goce de haber, sujeto a compensación; la reducción de la jornada y/o permisos temporales, sujetas a compensación; además, la reorganización de horarios, trabajo por turnos o trabajo remoto. La elección de la facilidad se definirá mediante acuerdo con el empleador; a falta de acuerdo, el trabajador elige de acuerdo con las opciones propuestas por el empleador. No cabe la licencia sin goce de haberes.

De otro lado, la norma estableció que todo pago de remuneraciones y beneficios laborales de los trabajadores del sector público y privado se hará obligatoriamente mediante las entidades del sistema financiero. La norma establece que la aplicación de dicha obligación será gradual y se sujetará a las normas reglamentarias que emita el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).