Sunedu establece condiciones para clases semipresenciales

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Clases semipresenciales
Clases semipresenciales

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) estableció las disposiciones para la autorización de programas, de universidades licenciadas, bajo las modalidades semipresencial y a distancia, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo N.º 1496, que establece disposiciones en materia de educación superior universitaria, en el marco del estado de emergencia sanitaria por Covid-19.

En ese sentido, la SUNEDU ha procedido a regular los aspectos formativos y normativos que aseguren un adecuado desarrollo de estos programas, así como los procesos de interacción y actividades entre estudiantes y docentes. De este modo, se establece que las universidades deberán contar con una plana docente calificada para impartir dichas modalidades y disponer de los mecanismos para la actualización de sus competencias en el uso de las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) y en la mejora de sus recursos pedagógicos y didácticos.