Mañana se conmemora el Día de San Pedro y San Pablo en nuestro país, una festividad religiosa que se considera día no laborable para el sector privado y público.
Pero si deseas continuar su jornada laboral y obtener un pago adicional por trabajar este día te corresponde un pago si es que no lo sustituyes por otro día de descanso, y tendrás derecho a recibir el equivalente a ese día y además se va a pagar el equivalente al valor del día con una sobretasa al 100 %.
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Es importante precisar que este pago doble se trata de un derecho que recoge el tratamiento que deben recibir los días feriados cuando los trabajados están regulados para el régimen privado y trabajadores del sector público que están en planilla. Es decir, trabajadores que están formalmente contratados.




