Resolución prohíbe iniciar procesos judiciales para cobro de acreencias
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) oficializó la disolución de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A.
A través de la Resolución SBS N.º 02497-2024, se decidió «declarar la disolución de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A. en intervención, sometida al Régimen Especial Transitorio, iniciándose el respectivo proceso de liquidación por las causales y fundamentos detallados».
En el mismo documento, se establecen varias prohibiciones desde la disolución de la Caja Sullana, entre las cuales se incluyen:
- No iniciar procesos judiciales o administrativos para el cobro de deudas a cargo de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana S.A.
- No perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas en su contra.
- No constituir gravámenes sobre los bienes de la empresa en garantía de sus obligaciones.
- No realizar pagos, adelantos o compensaciones ni asumir obligaciones por cuenta de la empresa con fondos o bienes de la misma que se encuentren en manos de terceros.
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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP del Perú (SBS) intervino el último jueves 11 de julio a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Sullana S.A., debido a que consideró que la entidad financiera presentaba un acelerado deterioro de su solvencia.




