La Segunda Sala Penal de Apelaciones confirmó que la líder de Fuerza Popular, Keiko Fujimori Higuchi no vulneró las reglas de conducta de la comparecencia restringida, por lo que no procede dictar una nueva orden de prisión preventiva en su contra, mientras dure el juicio del caso Cócteles.
Los jueces Iván Quispe Auca, Edgar Medina Salas y María Guillén Ledesma enfatizaron que la regla de conducta que está vigente a partir del 31 de mayo de 2023 para la señora Fujimori y los demás procesados, es “la obligación de no ausentarse de la ciudad de su domicilio fijado ni variarlo sin previa autorización por escrito”.
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“Ahora bien, si entendemos por domicilio a la residencia habitual de una persona en un determinado lugar, de acuerdo al artículo 33 del Código Civil, el viaje de la persona ya sea al interior o al exterior del país, sin el ánimo de permanecer allí, no puede asimilarse a una variación del domicilio”, indicaron los jueces en su resolución.




