FONAVISTA: CONOCE LA MANERA DE RECIBIR HASTA EL ÚLTIMO SOL DESDE ABRIL
Miles de exaportantes del fenecido Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) están próximos a recuperar sus contribuciones a partir del venidero mes. Hoy, muchos buscan la forma más sencilla de conocer la cantidad que pueden cobrar antes de visitar el Banco de la Nación; existe el Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos (CERAD) documento clave que indica cuánto corresponde a cada persona, de acuerdo con sus aportes y tiempo de cotización en el sistema. Pero, además, el fonavista puede emplear otros procedimientos para recuperar el íntegro de lo que se le descontó en sus años de trabajo con la ley vigente y la documentación respectiva.
1.- QUE LA LIQUIDACIÓN DE SUS APORTACIONES LA HAGAN CON EL USO DE UNA FÓRMULA, porque Fonavi no cuentan con sus aportes monetarios reales acreditados y por tal razón, para ayudarlos solo acrediten los años de servicio y el tope es s/6,680 – a muchos fonavistas ya les han devuelto todas sus aportaciones de esta forma, es importante indicar que, si ya cobró con esta modalidad, puede interponer un recurso de RECONSIDERACIÓN Y REGULARIZACIÓN, como indicamos, presentando su documento pensionario, referenciado, que todos los fonavistas lo tienen.
2.- QUE LA DEVOLUCIÓN DE APORTACIONES SE HAGA COMO INDICA LA LEY 29625, es decir liquidados aportes que se descontó el empleador en su planilla y eso se logra interponiendo un recurso de reconsideración presentando el único documento pensionario donde consten dichas aportaciones de los fonavistas y estas son:
1.- Resoluciones de jubilación de la ONP y AFP, para el sector público.
2.- Resolución y cese del empleado del estado.
3.- Resolución de baja, para los servidores de las fuerzas armadas y policiales.
4.- fonavistas no jubilados, la acreditación de sus aportes monetarios laborales que da el empleador y se lo solicita a la ONP.
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IPC Y Tasa de interés legal efectiva
Con estos documentos todos los fonavistas en evaluación y “excluidos” (388,467) por préstamo del Banco de Materiales = SIFO Zepita (luz, agua, alcantarillado), familiares de fallecidos que tienen que regularizar su condición de herederos, para que les devuelvan lo que les corresponde como debe ser correctamente, los del grupo reintegro 1, 2, 3 y 4 al igual que la lista 22, próximamente reintegro 5 y grupo 23
También se consideran los observados, no inscritos: todos tienen la oportunidad de interponer un recurso de reconsideración y regularización, presentando su documento pensionario, para que sus aportaciones acreditadas SEAN LIQUIDADAS CON EL I.P.C (ÍNDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR) Y LA MAYOR TASA DE INTERÉS LEGAL ACTIVA ACTUALIZADA, SIN TOPE QUE PUEDE SUPERAR LOS S/20,000.
En base a jubilación proporcional
Respecto a los trabajadores de la ley 19990 y 20530: recuerden que tienen el beneficio de una jubilación proporcional, especial para los trabajadores de 65 de edad y son los siguientes montos por años aportados:
- 2o años de aportes s/ 600
- Viudez s/400
- Con 15 años de aportes s/400
- Con 10 años de aportes s/300
El Fonavi devuelve los montos de los aportes realizados, no por mes, sino en función del total de aportes y los años de contribución. El Reintegro 3 (actualmente en ejecución) por ejemplo, tiene una devolución promedio de S/3,300 por fonavista, con montos que pueden variar según el caso.
El monto que cada beneficiario reciba dependerá del total de aportes realizados entre enero de 1980 y julio de 1995, período en el que estuvo vigente el fondo. No se ha fijado una cifra estándar, ya que cada devolución es personalizada según el historial del fonavista.
Antes de acudir a las agencias del Banco de la Nación, los beneficiarios deben ingresar a la página oficial www.fonavi-st.gob.pe para confirmar que figuran en el padrón de esta nueva etapa de pagos. Solo con dicha verificación se podrá proceder con el cobro correspondiente.
REINTEGRO 5 Y REINTEGRO 6
La Comisión Ad Hoc aprobó los criterios sobre los que se conformará el Padrón de Beneficiarios del Grupo de Pago Reintegro N° 5. El Padrón del Grupo Reintegro N° 5 estará conformado por Fonavistas de 67 años a más y fallecidos que tuvieran 88 años a más con corte de edad al 31 de mayo de 2026, y además no conformaron los Grupos de Reintegros anteriores. El Grupo de Pago Reintegro N°5 estará conformado por casi 70.000 fonavistas y se desembolsará más de S/ 260 millones. La Comisión Ad Hoc ya no tendrá recursos para la ELABORACIÓN DEL GRUPO REINTEGRO N° 6, es importante entonces que el Tesoro Público cumpla con el desembolso de 385 millones por efecto del cumplimiento del Artículo 14 de la Ley 32515 Ley de Endeudamiento para el año Fiscal 2026, además la parte fonavista de la comisión exigió se respete la sentencia de la Acción Popular N°13488-2025. La justicia la declaró INFUNDADA, lo que significa que NO HAY EXCLUIDOS y que el proceso de devolución DEBE CONTINUAR para quienes tuvieron préstamos o electrificación.
NECESITAN MÁS FONDOS
El artículo 14 de la Ley 32515 de Endeudamiento del Tesoro Público para el año fiscal 2026 dispone que el monto del capital al que se refiere el art 6 de la ley 29231 “Ley de saneamiento financiero de los prestatarios del Banco de Materiales” sea pagado por la dirección general del tesoro público, previo a dicho desembolso se debe firmar un convenio entre el BANMAT en liquidación y la Dirección general del tesoro público, es por ello que se pone en conocimiento que el BANMAT remitió a la Directora General del tesoro público y el Ministerio de economía dos cartas en fechas del 10 de diciembre del 2025 y el 6 de febrero del 2026, sin embargo a la fecha no han tenido respuesta alguna, hecho que es de preocupación de cientos de miles de fonavistas que están esperando la devolución de sus aportes efectuados al Fonavi.
La comisión Ad Hoc creada por la ley 29625 en la cual el Ministerio de economía tiene 3 representantes tiene la responsabilidad de recuperar todas las acreencias, activos del fonavi para su devolución y para ello el tribunal constitucional estableció como parámetros para la devolución en efectivo el total de la recaudación como concepto descuento del trabajador y el total de las aportaciones descontadas de las remuneraciones, de lo segundo no se tiene información exacta a cuánto ascendería pero sí de la recaudación que según informes del propio Ministerio de economía, dicho monto actualizado al 2021 sería, S/.6, 684, 314.04 millones de soles de los cuales según se informa faltaría devolver, S/.3,028,123.08 millones de soles, es por ello la urgencia que el MEF cumpla con el art.14 de la ley 32515.
Siendo la responsabilidad de los ministros de estado el cumplir y hacer cumplir las leyes se solicita tomar medidas necesarias para que la desidia y la inoperatividad de funcionarios del MEF dilaten el cumplimiento del art 14 de la ley de Endeudamiento del Sector Público para el año fiscal 2026 que permitirá cumplir con un mandato dado por el pueblo en referéndum y por leyes del Congreso de la República y que beneficia a cientos de miles de adultos mayores.
REINTEGRO 5: LO QUE SE SABE
Rango de edad: El padrón del grupo Reintegro N° 5 estará conformado por exfonavistas de 67 años a más y exaportantes fallecidos que tuvieran 88 años a más de edad, con corte al 31 de mayo de 2026
Cantidad de beneficiarios y monto: El padrón estará conformado por casi 70 mil exfonavistas y se desembolsará más de S/260 millones. No se considerarán a quienes conformaron los grupos de Reintegros anteriores
Fecha de pago: entre la última semana de abril y la primera de mayo se podría cobrar en el Banco de la Nación. ¡Atento, fonavista, ya viene tu dinero!
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