CONOCE LO QUÉ NO TE PUEDE EXIGIR SI TE INTERVIENE A PIE O EN TU AUTO EN ESTADO DE EMERGENCIA
Hace tan solo algunos días el Gobierno ha promulgado un decreto legislativo que introduce modificaciones sustanciales en el nuevo Código Procesal Penal, específicamente en lo que concierne a la intervención de la Policía Nacional del Perú (PNP) en el control de la identidad de ciudadanos nacionales y extranjeros. Este cambio legislativo otorga a la Policía un mayor poder en la solicitud de documentos de identidad sin requerir autorización previa de un juez o fiscal, en un esfuerzo por prevenir delitos y recopilar información útil para investigaciones criminales.
De acuerdo con la nueva normativa, la Policía tiene la facultad de requerir la identificación de cualquier individuo cuando considere que esto es necesario para evitar la comisión de un delito o para obtener datos relevantes para una investigación penal. El decreto legislativo establece que esta solicitud puede realizarse en la vía pública o en el lugar donde se haya realizado el requerimiento.
La norma también permite a la Policía registrar las pertenencias de un individuo si existe un motivo fundado para sospechar que está vinculado a la comisión de un delito. En caso de encontrar elementos de interés durante este registro, se levantará un acta detallando lo hallado y se informará de inmediato al Ministerio Público.
Ante esa situación, lo mejor que puede hacer el intervenido es colaborar en todo momento con la autoridad para que el procedimiento sea lo más rápido posible y poder continuar con sus actividades del día.
¿Y SI NO TENGO MI DNI A LA MANO?
En situaciones en las que el ciudadano no porte un documento de identidad, se le conducirá a la dependencia policial más cercana con el único propósito de su identificación.
En este proceso, se podrán tomar las huellas dactilares del individuo y verificar si posee alguna orden de captura o requisitoria vigente. Para los ciudadanos nacionales, este procedimiento no puede exceder las cuatro horas desde el momento de la intervención policial, después de lo cual se les permitirá retirarse.
En el caso de los extranjeros, se establece un plazo excepcional de 12 horas para su identificación completa. Si se descubre que tienen antecedentes policiales, penales o judiciales en su país de origen o en cualquier otro país, esta información se comunicará a la Superintendencia Nacional de Migraciones y se procederá a su detención.
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¿QUÉ HAGO SI ME DETIENEN?
Lo primero que debes hacer es guardar la calma e identificarte con tu DNI. De igual manera, y en la medida de lo posible, graba la intervención con tu celular y pídele al oficial que se identifique. Es primordial que guardes la compostura y evites ponerte violento. Eso sí, siempre mantén una distancia prudencial. Si todo está en orden podrás continuar con tu camino.
Recuerda que cualquier efectivo policial puede realizar este tipo de intervención en la vía pública, cuando lo considere necesario.
¿Y SI VOY EN CARRO?
En el caso de que un policía te intervenga en tu vehículo, recuerda que esta solo podrá ser realizada por un efectivo vehicular.
El mismo que te pedirá Documento de Identidad (DNI), Licencia de Conducir, Tarjeta de Propiedad, Certificado de Inspección Técnica Vehicular y SOAT.
En este punto debes tener en cuenta que si bien debes entregarlos, estos no deben ser llevados lejos de tu vista. A no ser que el vehículo incumpla algún requisito que le impida transitar por la ciudad. Solo en este caso, tu brevete puede ser retenido.
Otro punto es que el conductor no está obligado a descender el carro, por lo que deber ser el policía el que se acerque para pedir los documentos indicados.
La única razón por la que te van a exigir que bajes es si hay indicios de haber consumido bebidas alcohólicas o algún tipo de drogas. Si el ciudadano se niega a esto, puede ser acusado del delito de desobediencia a la autoridad.
Por último, la maletera de tu auto solo puede ser abierta en dos circunstancias: si hay un delito flagrante o si hay una orden judicial. Caso contrario sería abuso de autoridad.




