La autoridad educativa estará facultada de separar de manera preventiva, y en solo 48 horas, al personal docente o administrativo que haya sido detenido en flagrancia por delitos de terrorismo, apología de terrorismo, violación, tráfico ilícito de drogas, y otros. Así lo establece el reglamento de la Ley N° 29988, publicado ayer, que fija medidas extraordinarias para personal que presta servicios en colegios públicos y privados implicado en los citados delitos.
Dicho reglamento establece las medidas de sanción y hasta destitución que pueden implementar las instancias de gestión educativa descentralizada, órganos y las instituciones u organismos educativos públicos o privados (colegios, universidades, instituciones, escuelas de post grado, centros preuniversitarios, entre otros).