Parejas se rehúsan a la conciliación para la pensión de alimentos

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Conciliación
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Alrededor de 100 demandas por pensión de alimentos ingresan cada mes en uno de los juzgados de Paz de la Corte Superior de Lima Este. De ese total, solo seis se resuelven por conciliación de los padres y el resto sigue distintos caminos: la vía penal, la pareja lima sus asperezas o se pierden en el trayecto. Aquí un informe detallado de la Agencia de Noticias Andina, este es el informe.

Los hijos son los que sufren ante la dificultad de los padres para ponerse de acuerdo

Estas cifras las revela la jueza Natali Godoy Canales, del IV Juzgado de Paz Letrado del distrito de San Juan de Lurigancho, quien explica que la falta de empleo durante la pandemia por la covid-19 obligó a muchas madres de familia a presentar una demanda por alimentos a los padres de sus hijos, dado que solas ya no podían hacerse cargo de ellos.

Si bien en esta coyuntura el Poder Judicial ha diseñado aplicativos para que las mujeres resuelvan el problema en menos de 24 horas, el principal escollo es la dificultad de la pareja para llegar a un acuerdo respecto al monto mensual que debe recibir el hijo de ambos.

Antes de la pandemia, observamos que la demanda por alimentos estaba aumentando. El uso de tecnología y la facilidad para presentarla ha evidenciado un problema en las familias porque los hombres tienden a desatenderse del cuidado de sus niños y la carga procesal ha aumentado”, comenta la magistrada a la agencia Andina. 

LO MÁS DIFÍCIL: CONCILIAR

De los 100 casos mensuales que recibe el despacho de Godoy Canales, seis se resuelven por conciliación, es decir cuando la pareja logra ponerse de acuerdo sobre el monto mensual que debe aportar el padre para la crianza de su hijo.

Godoy Canales cuenta que todos los días llegan a su despacho, ubicado en Chimú, la zona baja de San Juan de Lurigancho, mujeres entre 18 y 32 años, madres de uno o dos hijos que debido a la pandemia sufrieron despido o suspensión perfecta en sus centros de trabajo y ahora laboran en actividades que les impiden seguir manteniendo a sus hijos.

Ante esa situación, la magistrada establece una serie de consideraciones para que el padre asuma su rol como tal y la madre comprenda la situación de éste si no tiene trabajo. Así, por ejemplo, hasta que el hijo cumpla 3 años, la pensión mensual del papá debe ser el 30% de su sueldo, si tiene empleo fijo.

Si no tiene trabajo estable y el hijo es un niño sano, la pensión es fijada entre 350 y 400 soles; pero si el menor tiene alguna discapacidad física, síndrome, VIH o cáncer la magistrada aprueba una pensión de 500 soles.  Si tiene 16 años o está a punto de terminar el colegio, la asignación es de 500 soles “para cubrir sus estudios superiores”.

Lamentablemente la mayoría incumple el acuerdo de la sentencia y el 40% de las madres de familia prefiere llevar su caso a la vía penal por el delito de omisión a la asistencia alimentaria.

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FALTA EDUCAR EN DERECHOS Y DEBERES

La alimentación es un derecho fundamental y los progenitores son los responsables de asegurarla en sus hijos menores, sostiene por su parte la jueza de Familia de la Segunda Sala de la Corte Superior de Lima, Nancy Eyzaguirre Gárate.

Tanto el padre como la madre tienen iguales deberes que cumplir porque ejercen la patria potestad y la pensión de alimentos es uno de los más importantes. El derecho de alimentación es irrenunciable, imprescriptible e intransferible y la patria potestad trae consigo deberes que los progenitores deben de cumplir”, señala.

Si bien la jueza especializada en familia no recibe directamente casos de pensión de alimentos, las demandas por divorcio que llegan a sus manos pueden incluir pensión de alimentos o régimen de visitas de los padres.

Desde su experiencia de trabajo, señala que los conflictos familiares se generan porque los progenitores no se entienden y desconocen sus obligaciones. “No puede ser que existan demandas sobre los derechos de sus hijos, y que los hombres ‘castiguen’ a la mamá incumpliendo con sus compromisos y obligaciones. Eso es inconcebible, hay que evitar la demanda por alimentos”.

Advierte que la falta de educación a los niños, sobre sus derechos y deberes, está produciendo problemas que superan el ámbito legal porque las obligaciones no solo son económicas sino afectivas, de salud, recreativas y emocionales.

PRIVADOS DE ALIMENTOS Y DE AMOR

Esta situación es analizada por la psicóloga e investigadora de la Pontificia Universidad Católica Magaly Noblega, quien refiere que el incremento de demandas por alimentos revela que los padres, al separarse de la madre, no tienen como prioridad incluir en su presupuesto la manutención de sus hijos.

La mayoría de papás asume que puede desentenderse de la alimentación, vestimenta o salud de sus hijos porque ya no los ven o porque tienen dificultades con la mamá. Como los dos no se ponen de acuerdo, triangulan el problema, los chicos ingresan al ámbito conyugal porque los usan como pin pon, sin saber las consecuencias que eso tendrá en la vida de ellos”, comenta la especialista a la agencia Andina.

Esa triangulación les causa un gran daño a los niños porque sus padres son su principal figura de apego, y si observan problemas entre ellos, irán guardando en la memoria el sufrimiento interno que eso les genera y reaparecerá cuando sean adultos.

APEGO DESDE EL NACIMIENTO

Cumplir con la pensión de alimentos no tendría que ser un problema; es necesario cambiar la cultura, considera la investigadora. Se preguntó por qué no se puede favorecer en el corto plazo la participación real de los padres en la crianza de sus niños y niñas.

Noblega propone que a los hombres se les brinde más facilidades para estar presentes en el parto y más tiempo de permiso postnatal. Se sabe, explica la especialista, que la mujer segrega oxitocina, una hormona que le facilita el apego con su bebé recién nacido.