Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2019 entorpece devolución completa del Fonavi
La Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2019, publicada en el diario oficial El Peruano, establece el registro y pago de obligaciones por la contribución al Fondo Nacional de Vivienda de entidades del sector público registradas en el pliego del Ministerio de Economía y Finanzas.
Se precisa, en el artículo 15, que la Dirección de Tesoro Público del MEF suscribirá actas de conciliación con el FONAVI y se establece que el monto correspondiente será pagado en cuatro cuotas semestrales a partir de la suscripción de las referidas actas.
El gobierno había estimado – antes del reciente fallo del Tribunal Constitucional que ordena pagar la totalidad de los aportes- destinar más de 517 millones para saldar las deudas con los miles de fonavistas.
Tras el histórico fallo del Tribunal Constitucional (TC), el cual reconoce la inconstitucionalidad del actual cálculo de devolución de aportes para los fonavistas; en un plazo máximo de un año el Gobierno deberá implementar una nueva fórmula para determinar el verdadero monto a devolverse. Las cifras podrían fluctuar entre 20 mil y 70 mil soles, afirmó el coordinador regional de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú (ANFPP), Víctor Columbus Távara.
Según indicó Columbus, el pasado 2015 la ANFPP contrató a un grupo de especialistas para calcular el verdadero monto que debería devolverse.
“Los especialistas afirmaron que, para una persona que haya aportado los 19 años (de 1979 a 1998) con sueldo mínimo, podrían recibir una suma de al menos 20 mil soles. Sin embargo, esto podría variar dependiendo de los años aportados y la cantidad invertida. Los montos podrían llegar hasta los S/70 mil, pues existen personas que destinaban una cantidad mayor según su profesión y la empresa en la que trabajaban”, señaló.