MIEMBRO DE COMISIÓN AD HOC, JOSÉ CÓRTEZ, DETALLA LO QUE NECESITAS PARA OBTENERLO
Por: Pablo Boggiano B.
A puertas de iniciar REINTEGRO 2, miles de fonavistas aún vienen cobrando sus aportes, además de ir recabando su CERAD (Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos) haciendo las respectivas verificaciones en primer lugar con las resoluciones emitidas por la ONP, ente que acredita los periodos aportados a partir del año 1980. Miembros fonavistas de la comisión Ad Hoc, como el ingeniero José Cortez, nos detalla cómo hacer las comparaciones con el respectivo CERAD emitido por la secretaría técnica y cómo actualizar sus aportaciones de acuerdo a documentos como certificados de trabajo o resoluciones de cese, entre otros para que se le reconozca a los ex aportantes mayor reintegro y montos más elevados a cobrar.
¿Cuáles son las modificaciones en el CERAD para comparar de acuerdo a la última fórmula o en base a la resolución de la ONP en donde figuran los montos aportados?
El CERAD es el documento donde se determina cuánto es el monto a devolver a cada uno de los fonavistas, el Certificado de Aportaciones y Derechos del Fonavista va a determinar los años correspondientes del año 80 hasta julio del 95, cuántos son los meses que han laborado correspondiente al tema del Fonavi. Por ejemplo: enero 1980, 12 meses; 1981, 12 meses y así sucesivamente, y en la parte posterior se le va a colocar las aportaciones acumuladas, ya descuentos actualizados, contabilizados, es anual. Un ejemplo: 1980, 12 meses, abajo póngale 200; enero 81, 12 meses igual 200; esos 200 que van saliendo hasta julio del 95 se van a sumar y va a salir el monto total a devolver, nada más. Ya no como antes que salía 187 meses, abajo, 10 soles por mes y multiplicación, 1,999, ya no.
¿Cuál es el proceso que hace el fonavista para verificar más aportaciones?
En primer lugar hacer la comparación, como se va dar el CERAD que va salir actualizado de acuerdo a la última fórmula, ellos también nos alcanzan su resolución de la ONP, hacen una comparación, la resolución de la ONP solamente acredita los periodos aportados, a partir de 80, 12 meses hasta el año que ellos han laborado, durante el periodo de su trabajo, desde que inició hasta que terminó durante el inicio y final, está el periodo del Fonavi, hacemos la comparación con el CERAD que se les entrega, verificado eso si es que hay alguna alteración, o sea no le han contabilizado algunos meses lo cual acredita con la ONP, ahí viene el reclamo.
– ¿Esos documentos como lo reclama?
Bueno, mis certificados de trabajo, mi hoja de liquidación, mi resolución de nombramiento, mi resolución de cese, esos documentos va acumulando el fonavista ¿para qué? para pedir que le evalúen de nuevo y acreditar sus aportes, que eso es muy importante, para todos los fonavistas que le han entregado su CERAD, si es conforme, ahí quedaría o si no de ahí vamos a comenzar a trabajar en otras formas también.
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-Cuándo el fonavista acreditó más aportaciones ¿cuál es el procedimiento?
De ahí se envía vía virtual, la secretaria técnica lo recepciona y después nos informan cuántos documentos han llegado y entran a una evaluación, comienzan de nuevo a verificar, dada la razón que le declaran fundada su demanda, pasan a nosotros para firmar dichas resoluciones, todas las resoluciones nos dan cuenta cuanto más se le va a reconocer, se le va a dar de acuerdo a lo acreditado y el presidente firma todos esos documentos en los cuales ya damos pase como comisión de que ese dinero se va a devolver a los fonavistas que han hecho su reclamo respectivo. Ese es el proceso, ya firmado, se le hace llegar la notificación, al fonavista o lo difundimos virtualmente para que el ya notificado se acerque al Banco de la Nación con su DNI y le devuelvan lo que le corresponde y le falta.
1. Los trabajadores dependientes (en planilla) aportaron al Fonavi durante el periodo de enero-1980 hasta julio-1995. Las tasas de aportación de la remuneración fueron: del 01.01.1980 al 31.10.1988 fue del 0.5%; del 01.11.1988 al 31.12.1992 fue del 1%; del 01.01.1993 al 31.10.1993 fue del 9%; y del 01.11.1993 al 31.07.1995 fue del 3%.
El aporte de los trabajadores independientes fue facultativo hasta el 31.10.93, posteriormente fue obligatorio del 3% hasta el 31.08.1998.
2. Los periodos mensuales o montos reconocidos como aporte al FONAVI fueron obtenidos de la información proporcionada por los empleadores y/o entidades públicas o privadas, además de los propios Fonavistas.
3. Si el monto de los aportes actualizados resulta menor al cálculo de las aportaciones actualizadas por la Comisión, se adopta la solución más beneficiosa para el Fonavista.
4. La actualización de la devolución se ha realizado con TILE (Tasa de Interés Legal Efectiva)
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