Jubilado de 50, 55, 60, 65 y hasta 85 ganaste

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Con últimas leyes a favor de 19990, 20530 y de las AFPs

En lo últimos meses se han promulgado leyes o se han presentado iniciativas en favor de los pensionistas y jubilados que pertenecen a las Leyes 19990, 20530 y a las AFPs.
En el caso de los jubilados de la Ley 19990, mediante la Ley Nº 30700, publicada en diciembre del año pasado, se otorgó una bonificación extraordinaria mensual de 100 soles, es decir un aumento, a los pensionistas por viudez mayores de 65 años del Decreto Ley 19990.

El artículo 2 de la Ley Nº 30700 señala que la bonificación extraordinaria mensual es a favor de los pensionistas por viudez del Régimen del Decreto Ley 19990, que hayan adquirido dicha condición con carácter de definitiva y hayan cumplido 65 años de edad, a la fecha de vigencia de la presente norma.

Asimismo, con el Decreto Supremo N° 011-2018-EF se aprobó el reajuste (incremento) de las pensiones percibidas por los beneficiarios del régimen del Decreto Ley Nº 20530, precisándose que el monto de dicho aumento asciende a S/ 29.
La norma también señala que el reajuste beneficia a los pensionistas que hayan cumplido 65 años o más de edad, al 31 de diciembre de 2017, cuyo valor anualizado no exceda el importe de 28 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

En tanto, la división DM Créditos de la Derrama Magisterial, institución de previsión y seguridad social del magisterio, informó que se aumentó el monto límite que pueden solicitar, hasta 35 mil soles para los préstamos en efectivo, en beneficio de los profesores pensionistas.

Todos los maestros pensionistas de las leyes 19990 y 20530 que no superen los 85 años podrán acceder a créditos de hasta S/ 35,000 y podrán pagarlo hasta en 72 cuotas. Además contarán con una tasa preferencial de 1.85% y con un fondo de protección de desgravamen.

Por otro lado, a través de la Ley Nº 30425 se amplió hasta el 31 de diciembre de 2018 la vigencia del Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) para desempleados en el Sistema Privado de Pensiones, creado por la Ley 29426.
En este régimen se pueden jubilar los afiliados a las AFPs que tengan como mínimo 55 años para el caso de los varones y 50 años para las mujeres y estar en situación de desempleados desde hace 12 meses.