Beneficiarios cotejan pagos en promedio de S/6 mil hasta más de S/20 mil
Después de casi un mes desde que inició el nuevo pago del Fonavi para el grupo de Reintegro 1, los beneficiarios pueden ahora verificar sus montos de devolución a través del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos (CERAD).
Este grupo, que incluye a fonavistas mayores de 80 años de las listas 1 a la 19, así como a aquellos con discapacidad o enfermedades graves, viene recibiendo sus aportes de manera ordenada.
YA SE PUEDE DESCARGAR LINK DE SECRETARIA TÉCNICA
La Secretaría Técnica de apoyo a la Comisión Ad Hoc del Fonavi habilitó el CERAD para los fonavistas del grupo de Reintegro 1 que se viene descargando desde el lunes 20 de mayo.
Este link disponible para los fonavistas integrantes del grupo de Reintegro 1 (o sus familiares) se puede obtener mediante la plataforma SIFONAVI accediendo a https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic5/ a la vez cotejar si el cálculo de su devolución es el correcto.
Este documento proporciona detalles sobre los montos de los aportes realizados por los fonavistas, así como el cálculo de su devolución.
Según explicó la ingeniera Patricia Serpa, supervisora de plataforma de la Secretaría Técnica del Fonavi, el cerad es una constancia que incluye toda la información del fonavista sobre los montos de dinero que aportó, así como el tiempo transcurrido y también cuánto percibirá en la devolución.
La Asociación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf Perú) informó que la Comisión Ad Hoc conformó el grupo de pago Reintegro N°1 basado en la actualización de las aportaciones identificadas.
Para aquellos casos donde no se pudo identificar aportes monetarios, se estableció una fórmula de reparto considerando la recaudación de las aportaciones y los porcentajes de aportes efectuados al Fonavi.
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MONTOS ENTRE S/6.680 Y S/20 MIL APROXIMADAMENTE
Actualmente en el Banco de la Nación, los exafiliados del Fonavi que pueden cobrar devoluciones de sus aportes son los fonavistas de los Grupos de pago del 1 al 19, así como el Grupo de pago 20 y el Grupo de Reintegro 1.
Si bien en estos últimos casos “el máximo de devolución para un fonavista que aportó desde enero de 1980 hasta julio de 1995 es de S/6.680”, en los casos en que se pudo identificar las aportaciones monetarias “se aplica la tasa de interés efectiva como método de actualización”.
Así, hay fonavistas en cuyo monto de entrega supera el anterior. “Incluso hay casos que se superan los S/20.000 de devolución”, señala la Fenaf Perú.
¿QUIÉNES SIGUEN COBRANDO FONAVI?
Actualmente, en el Banco de la Nación, los ex afiliados del Fonavi que pueden cobrar devoluciones de sus aportes son los siguientes:
– Grupos de pago del 1 al 19: actualmente cobran en el Banco de la Nación aquellos fonavistas de estas listas que no se acercaron anteriormente a cobrar el monto de su devolución que se aprobó en su momento.
– Grupo de pago 20: desde diciembre se aprobó un cronograma con DNI para fonavistas de la lista 20 para que puedan cobrar. Actualmente, estos fonavistas (los rezagados que no cobraron en su fecha) también pueden recibir un desembolso de sus aportes en el Banco de la Nación.
– Grupo de Reintegro 1: fonavistas de las listas 1 al 19 que recibirán un nuevo pago de sus devoluciones:
Para poder consultar si estas dentro de los beneficiarios solo ingresa al siguiente enlace: LINK de consulta: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic2/
¿CUÁNDO SE PAGARÁ EL REINTEGRO 2 DEL FONAVI Y GRUPO 21?
Jorge Milla, vocero del Fonavi, indicó que los pagos para los beneficiarios del grupo de reintegro 2 comenzarán la segunda quincena de este mes, se espera iniciar el proceso entre la segunda y tercera semana de agosto. Además, se están evaluando posibles cambios para evitar la saturación del Banco de la Nación.
Una de las propuestas es incluir en el grupo de reintegro 2 no solo a herederos de fonavistas fallecidos, sino también a ex aportantes vivos de entre 75 y 80 años. Esta medida busca reducir la congestión documentaria y acelerar el proceso de devolución de aportes.
La lista veintiuno del Fonavi incluirá a personas que lograron acreditar sus aportes, pero que aún no han cobrado nada del fondo. Según Jorge Milla, se está trabajando en la entrega de esta lista con la Secretaría Técnica y la Comisión Ad Hoc. Se estima que la lista estará disponible en noviembre.
PAGOS A CUENTA Y MONTO ADICIONAL
La ley 31928 modificó tres artículos de la Ley de Devolución de Dinero del Fonavi (Ley 29625), para permitir la DEVOLUCIÓN PARCIAL con cargo a una POSTERIOR CANCELACIÓN.
En ella se indica que, si no se cuenta con información sobre los aportes realizados a este fondo, pero sí con evidencia de que la persona laboró durante el periodo de aportaciones, la Comisión Ad Hoc Liquidadora de los Aportes al Fonavi “está facultada para realizar el CÁLCULO DEL APORTE”.
Se indica asimismo, que esta comisión “está autorizada para realizar PAGOS A CUENTA a favor del fonavista, sin limitar su derecho de recibir un MONTO ADICIONAL, en tanto se acrediten mayores aportaciones”. Para ello, dicha instancia determinará cuáles son los medios para acreditar los aportes efectuados, “INCLUYENDO aquellos que pudiera presentar el fonavista”.
Si el monto total calculado para ser devuelto es menor al monto reconocido “se adopta la solución más beneficiosa para el fonavista”, se establece en la ley. La devolución de aportaciones deberá ser consignada en el CERAD (Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista)
DECRETO SUPREMO Nº 280 – 2023 – EF
A través del cual modifica e incorpora artículos al reglamento de la Ley Nº 29625 o Ley de devolución del dinero del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), creando el marco normativo adecuado para viabilizar el reinicio de la devolución de los aportes, por parte de la Comisión Ad Hoc, a favor de dos millones de fonavistas.
El Decreto Supremo Nº 280-2023-EF es el primer paso para operativizar el procedimiento de devolución, el cual está a cargo de la Comisión Ad Hoc y que determina los detalles de este proceso.
En ese sentido, se establecieron medidas de simplificación administrativa y optimización de los procedimientos en lo referente al registro y pago a los aportantes, e inclusive a los deudos de fonavistas fallecidos, estableciendo un orden de prelación.
PRETENDÍAN RECONOCER SOLO APORTES EN BANCO DE LA NACIÓN
El proceso de devolución de aportes al Fonavi se suspendió en el 2019 debido a la emisión de una sentencia del Tribunal Constitucional y de leyes que cambiaron la forma de calcular la devolución.
Los aportes al Fonavi no se realizaron mediante cuentas individuales, sino más bien a través de la aportación general del empleador a una sola cuenta en los organismos recaudadores, como el Banco de la Nación, lo que representó una dificultad para determinar los montos de devolución a cada aportante.
CONSTRUCCIÓN DE CUENTAS INDIVIDUALES
La norma dispuso la construcción de la cuenta individual sobre la base de la información obtenida de los empleadores y entidades públicas o privadas que tengan información relacionada a los aportes al Fonavi realizados por sus trabajadores entre julio de 1979 y agosto de 1998.
Igualmente, establece que se considerará documentación supletoria presentada por el interesado, cuando no se pueda obtener información de aportes de fuentes oficiales.
VALOR ACTUALIZADO EN SOLES
El Decreto Supremo Nº 280- 2023- EF también considero que la Comisión Ad Hoc puede establecer otras formas de construcción de cuentas individuales, en concordancia con las sentencias del Tribunal Constitucional que resulten aplicables. Respecto al monto a devolver, la norma indica que será el VALOR ACTUALIZADO EN SOLES y que consta en el Certificado de Aportaciones y Derechos (CERAD)
La Comisión Ad Hoc del Fonavi, creada también mediante la Ley Nº 29625 o Ley de devolución del dinero del Fonavi, es la encargada de ejecutar esta ley, su reglamento y las normas complementarias que se dicten para el efecto de la devolución de los aportes.




