¡Festejen! PJ ordena que se devuelvan descuentos hechos a miles de jubilados

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Jubilados
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Con lo cual a pensionistas se les tendrá que realizar el pago de los devengados más intereses legales

Tras anular resoluciones de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), el Poder Judicial ordenó la devolución de los descuentos realizados a miles de pensionistas, al estar vigente la Ley N° 28110, que prohíbe a la ONP descontar, rebajar, disminuir, suspender o embargar las pensiones, salvo que haya existido mandato judicial.

Con la devolución de dichos descuentos, a los pensionistas se les tendrá que realizar el pago de las sumas devengadas más intereses legales, tal como lo dispone la Quinta Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima en la sentencia, recaída en el Expediente N° 15717-2015, de fecha 24 de abril del año 2018, la cual confirma en todos sus extremos la sentencia de primera instancia que declaró fundada la demanda presentada por Pedro de la Cruz Serda, afiliado a la Federación Nacional de Personas Adultas Mayores del Perú (Fenapam-Perú), contra el jefe de la ONP.

La sentencia señala en su parte resolutiva lo siguiente: “…confirmaron la sentencia N° 626-2016, contenida en la resolución número nueve, de fecha 26 de octubre de 2016, que declara fundada la demanda, por consiguiente nula la resolución N° 0000005325-2015-ONP/DPR/DL 19990, de fecha 28 de mayo de 2015 y la nulidad de la resolución N° 0000012775-2015-ONP/DPR.GD/DL 19990, de fecha 19 de febrero de 2015, mediante la cual se le otorgo pensión de jubilación y devengados desde el 14 de enero de 2009, debiendo dejar sin efecto los descuentos indebidos generados por la resolución declarada nula, y restituyéndose las pensiones descontadas, más el pago de devengados e intereses legales, en los seguidos por Pedro de la Cruz Serda contra la Oficina de Normalización Previsional – ONP, y, lo devolvieron al juzgado de origen…”.

Expediente N° 15717-2015
Expediente N° 15717-2015

“Si ya le reconocieron la pensión, nadie, ni nada se la puede quitar, aunque se les haya pagado demás”, así lo señala la FENAPAM-PERÚ, al comentar la sentencia de los “honorables y valientes” magistrados de la Quinta Sala Laboral Permanente, que ha sido notificada a su sede el 8 de junio de 2018.