Empleadores que se apropien de fondos de pensiones irán a la cárcel

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Empleadores que se apropien de fondos de pensiones irán a la cárcel
Empleadores que se apropien de fondos de pensiones irán a la cárcel

La norma alcanza tanto al sistema público como privado

El Pleno del Congreso aprobó ley que impone hasta seis años de cárcel a aquellos empleadores que se apropien de los fondos de pensiones y de salud de sus trabajadores.

La normativa fue aprobada con 115 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.

Dictamen

El proyecto fue propuesto por la congresista Susel Paredes de la bancada de Juntos por el Perú-Cambio Democrático. Este modifica el artículo 190 del Decreto Ley 635 del Código Penal.

La norma establece que el delito de apropiación ilícita común se da cuando el agente se apropia o dispone indebidamente, en todo o en parte, con fines propios o de terceros, los aportes destinados a la constitución, formación, consolidación o desarrollo de un fondo de pensiones o del seguro social de salud. En estos casos, la pena privativa de la libertad será no menor de dos ni mayor de cuatro años.

AFP

En el caso del Sistema Privado de Pensiones, el delito es configurado cuando el empleador retiene el 10% del sueldo mensual a sus trabajadores y no lo deposita para que vayan a sus Cuentas Individuales de Capitalización (CIC).

ONP

En el Sistema Nacional de Pensiones, la ley indica que se considera un agravante si el empleador pertenece al sistema público. En este caso, como consecuencia, corresponde la inhabilitación del cargo y una pena no menor de tres ni mayor de seis años de cárcel.

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Recordemos que la Asociación de AFP informó, en marzo pasado, que la deuda total del Estado y de las empresas privadas con sus trabajadores supera los S/34 mil millones.

En el sector público encontramos a 2 593 entidades que deben a más de 425 mil trabajadores afiliados al sistema de pensiones. Mientras, en el sector privado, son 167 164 empresas las que deben a más de 1 millón de trabajadores.

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