Devuelven hasta S/ 22,000 a afiliados a AFP e incluye a herederos de fallecido

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retiro AFP
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CONGRESO ALISTA DOS NUEVAS LEYES PARA QUE SUS FONDOS VUELVAN A SUS BOLSILLOS

Un nuevo retiro de fondos de la AFP por hasta 4 UIT (S/22.000) para todos los afiliados, ha sido presentado en el Congreso de la República a pocos días de haberse terminado la presentación de solicitudes para el recientemente aprobado octavo retiro.

Así, tras dos primeros proyectos presentados, el parlamentario Alfredo Pariona Sinche de la Bancada Socialista ha presentado el tercer proyecto para viabilizar nuevamente esta medida: “La presente ley tiene por objeto autorizar de manera facultativa a todos los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, sin ninguna excepción, el noveno retiro de los fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización, hasta por el monto de 4 UIT”.

Proyecto de Ley 13963-2025-CR
Proyecto de Ley 13963-2025-CR

El retiro de AFP no deja el centro del debate público. Tras viabilizar el octavo acceso a las pensiones, con solicitudes que se podían enviar hasta el pasado enero y depósitos que llegarán hasta mayo, el Congreso plantea que el nuevo retiro tenga el mismo proceso que el anterior.

El procedimiento para el retiro extraordinario y facultativo de los fondos pensionarios son los siguientes: Los afiliados presentan su solicitud de manera física o virtual a la AFP en la que administran sus fondos pensionarios. Se abona un monto de hasta una UIT cada treinta días calendario, realizándose el primer desembolso a los treinta días calendario de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado”, señala el texto de la propuesta.

Además, la propuesta añade la mención a la ‘protección’ de los fondos. “El retiro de los fondos a que se refiere la presente ley mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados”, aclara.

Sin embargo, “lo señalado en el presente artículo no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado”.

Así, ya son tres los proyectos de retiro AFP que ha presentado el Congreso y que buscan validar un tercer acceso. Sin embargo, ya recientemente los afiliados han accedido al octavo y no han acumulado mayores montos.

-Primer proyecto: Propone el noveno retiro de AFP, con acceso de hasta 4 UIT (S/22.000) y busca la devolución total de fondos para herederos de afiliados fallecidos. Fue presentado por Américo Gonza Castillo de Perú Libre el 12 de febrero

-Segundo proyecto: Propone el noveno retiro de AFP, con hasta 4 UIT (S/22.000) de acceso. Fue presentado por Darwin Espinoza Vargas de Podemos Perú el 18 de febrero

-Tercer proyecto: Propone el noveno retiro de AFP, con hasta 4 UIT (S/22.000) de acceso. Fue presentado por Alfredo Pariona Sinche de Bancada Socialista el 23 de febrero.

 

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DEVOLUCIÓN TOTAL A HEREDEROS

Además, hay una iniciativa legislativa presentada por Américo Gonza de Perú Libre que incluye hay una medida más: beneficiar a los herederos en caso de fallecimiento del aportante.

“En caso de fallecimiento del aportante o afiliado, el Sistema Privado de Pensiones a través de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), efectúa la devolución total de los fondos más las ganancias generadas a la fecha, a los familiares directos o beneficiarios legales”, aclara un artículo propuesto nuevo.

Como se recuerda, los retiros de AFP anteriores estuvieron justificados en la recesión del Perú en 2023, en los efectos de esta el 2024 y, en general, en el elevado costo de vida. Ahora, la justificación va en términos similares.

“La presente Ley tiene por finalidad que los afiliados puedan disponer de sus fondos para mitigar los efectos del incremento del costo de vida y la desaceleración económica”, acota el texto presentado por Américo Gonza.

Asimismo, según el proyecto de ley que vuelve a proponer el retiro de AFP, el procedimiento sería el mismo que en los últimos acceso que se validaron para todos los afiliados (como se recuerda, hay retiros de AFP, los primeros, que solo fueron para grupos acotados, como los desempleados).

El procedimiento de acceso a los fondos será, como en el séptimo y octavo retiro, el siguiente:

Los afiliados podrán presentar su solicitud de retiro, de manera física o virtual, ante la AFP en la que se encuentren administrados sus fondos pensionarios

Podrán retirar hasta un monto de 4 UIT. Para 2026 esto es de S/22.000

Los afiliados solicitantes podrán recibir un monto de hasta una UIT cada 30 días calendario, con el primer depósito se efectuará a los 30 días calendario de presentada la solicitud ante la Administradora de Fondos de Pensiones a la que se encuentren afiliados.

Pero esta propuesta viene con una segunda intención. No solo propone el acceso libre para afiliados al Sistema Privado de Pensiones, sino también supondrá un beneficio para los herederos en caso de que el afiliado fallezca.

“En caso de fallecimiento del aportante o afiliado, el Sistema Privado de Pensiones a través de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), efectúa la devolución total de los fondos más las ganancias generadas a la fecha, a los familiares directos o beneficiarios legales, previa presentación de la solicitud correspondiente en cualquier mes del año”, detalla la propuesta legislativa.

 

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