Designan partidas para que ONP pague Fonahpu

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Presupuesto 2025 ratificó beneficio para ley N° 20530 y subirán Pensión 65

El Congreso aprobó la noche del último sábado los textos sustitutorios de los dictámenes de la Ley de Presupuesto, Equilibrio Financiero y Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2025.

El Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2025 asciende a más de S/251, 801 millones, cifra que representa un aumento de 4,5 % respecto al presupuesto inicial de apertura del 2024, en la mencionada norma se ratifica el pago del FONAHPU (Fondo Nacional de Ahorro Público) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH) del Ministerio de Economía, la que a su vez remitirá a la ONP la relación de beneficiarios para la bonificación correspondiente, por otro lado se designó una subvención económica adicional de 100 soles para el programa PENSIÓN 65, la misma que se hará efectiva entre los meses de mayo y junio 2025.

AUTORIZAN A ONP TRANSFERIR PARTIDAS

Se autoriza, durante el Año Fiscal 2025, a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de los pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para financiar el pago mensual de la bonificación del FONAHPU de los pensionistas del Decreto Ley  N° 20530 que accedieron al referido beneficio, de acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N“ 1666, Decreto Legislativo marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público.

La modificación presupuestaria en el nivel institucional autorizada por la presente disposición se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Oficina de Normalización Previsional. El decreto supremo se publica hasta el 20 de enero de 2025.

Se autoriza a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH) del Ministerio de Economía y Finanzas a registrar de oficio en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) la bonificación del FONAHPU a favor de las entidades administradoras encargadas del pago de las pensiones del Decreto Ley N’ 20530.

Para tal efecto, la ONP remite a la DGGFRH la relación de beneficiarios de la referida bonificación, hasta los cinco (05) días hábiles siguientes de la publicación del Decreto Supremo al que se refiere el presente artículo.

 

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SUBVENCIÓN ECONÓMICA ADICIONAL PENSIÓN 65

ARTÍCULO 66. Subvención económica adicional a favor de las personas usuarias del Programa Nacional de Asistencia Solidaria «Pensión 65»

66.1 Se autoriza, durante el Año Fiscal 2025, a partir del periodo mayo-junio de dicho año fiscal, al Ministerio de Desarrollo e inclusión Social a través del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, a otorgar una subvención económica adicional de S/ 100,00 [CIEN Y 00/100 SOLES) a favor de las personas usuarias de dicho Programa, la misma que se entrega de manera bimestral conjuntamente con la subvención que otorga el Programa Pensión 65.

Dicha subvención adicional es inembargable, no es heredable y no está sujeta al pago de devengados.

66.2 La aplicación de lo establecido en la presenté disposición se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

 


FONAHPU

Este pago se realiza entre abril y octubre de cada año en las fechas establecidas en el Cronograma Anual Mensualizado para el pago de las remuneraciones y pensiones en la Administración Pública que aprueba el Ministerio de Economía y Finanzas para cada año fiscal.

La bonificación beneficia a los pensionistas del D.L. N° 20530 que se inscribieron voluntariamente en los plazos fijos por ley en los años 1998 y 2000 y que cumplieron con los requisitos para recibir este beneficio. Debes mantener activa la pensión del D.L. N° 20530 con la que se admitió tu inscripción al FONAHPU.

En virtud a la Ley N° 27617, a partir del año 2003, se incorpora con carácter pensionable en las planillas de pensiones del SNP el importe anual de la bonificación FONAHPU, ascendiente a S/.640, permaneciendo, para los del régimen del Decreto Ley N° 20530, bajo la modalidad de dos pagos anuales.