El último martes se promulgó la Ley Nº 31421, que incorpora como información personal al Documento Nacional de Identidad (DNI) el grupo o factor sanguíneo de su titular.
En consecuencia, a partir de esta norma, en el DNI deberá figurar, además de los nombres y apellidos de su titular, sexo, estado civil, fecha de nacimiento, y donación de órganos (sí o no), también el grupo o factor sanguíneo.
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Esto, además de la fotografía del titular de frente y con la cabeza descubierta, la impresión de la huella dactilar del índice de la mano derecha del titular o de la mano izquierda a falta de esta. Cabe aclarar que no se tendrá que tramitar de inmediato un nuevo DNI, la misma ley señala en su primera disposición complementaria que su implementación será gradual y progresiva.