Defensoría del Pueblo respalda reajuste periódico para jubilados

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Jubilados
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Tal y como lo aseguró el día anterior en una entrevista con el diario EL MEN, Guillermo Paulet Vivanco, presidente de la Central Nacional de Trabajadores, Jubilados y Pensionistas del Perú – CENATRAJUPE, los pensionistas han vivido olvidados por años por parte de sus autoridades; sin embargo, el presente Gobierno de Martín Vizcarra cumplirá con la promesa del reajuste de las pensiones en el presente año.

Pensionistas de la ley 19990 seguros que Gobierno de Vizcarra cumplirá con ellos

El reajuste de las pensiones es un derecho amparado en la Segunda Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú que a textualmente dice: “El Estado garantiza el pago oportuno y el reajuste periódico de las pensiones que administra, con arreglo a las previsiones presupuestarias que éste destine para tales efectos y a las posibilidades de la economía nacional”.

En virtud a ello y la buena noticia es que próximamente, toda vez que superemos la crisis del coronavirus, el Premier Vicente Zeballos se reunirá con los jubilados y llegarán a un acuerdo para el monto del reajuste.

DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Dicho reajuste periódico está no solo amparado en la ley sino también ha sido refrendado por el Tribunal Constitucional y la Defensoría del Pueblo.

En el portal de la Defensoría del Pueblo se registra una nota que precisa: “El impacto de las pensiones en la calidad de vida de los ciudadanos, su efecto dinamizador de la economía y su aporte innegable en la reducción de los niveles de pobreza son características que describen los beneficios de un adecuado sistema previsional. En los últimos años, la Defensoría del Pueblo ha recibido numerosas quejas respecto de los distintos regímenes pensionarios”.

Nuestra institución intervine directamente, solicitando la correcta aplicación de las normas previsionales y la pronta resolución de los expedientes presentados por los pensionistas, muchos de los cuales son adultos mayores o personas con discapacidad, razón por la cual se constituyen en un grupo de especial protección para la Defensoría del Pueblo”.

En el año 2017, la Defensoría emitió un Informe de Adjuntía Nº 33-2017_DP/AAE en el que emite opinión sobre la necesidad de regular el reajuste de las pensiones el cual luego de varios considerandos, en el punto 2 concluye: “El reajuste de las pensiones es un mandato constitucional que exige la constante revisión de las pensiones a fin que no pierdan poder adquisitivo, por tanto, teniendo en cuenta el largo periodo transcurrido sin que, por lo menos, se haya producido un reajuste general de las pensiones mínima en el Sistema Nacional de Pensiones, es necesario proceder a la revalorización de las mismas en lo inmediato”.

CUADRO COMPARATIVO EVOLUCIÓN

SUELDO BÁSICO Y PENSIÓN LEY 19990

AÑOS SUELDO MÍNIMO (soles) PENSIÓN MÍNIMA-JUBILADOS

(soles)

1996 215  
1997 265  
1997 300  
1997 345  
1998 200
2000 410  
2001 415
2003 460  
2005 500  
2007 530  
2008 550  
2010 580  
2011 600  
2011 675  
2012 750  
2016 850  
2018 930  
2019 500