Declaran como ilegal exigir carné de sanidad para las actividades económicas

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carné de sanidad
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El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró como barrera burocrática ilegal la exigencia de que los manipuladores de alimentos de los locales comerciales sean sometidos a exámenes médicos vinculados a las enfermedades transmitidas por alimentos (ETA).

De acuerdo con la Resolución N° 0555-2022/CEB-Indecopi, también es ilegal la obligación de contar con certificados médicos de los manipuladores de alimentos de sus locales comerciales, que se encuentren disponibles para la vigilancia sanitaria que realice la autoridad competente.

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En virtud de dicha disposición legal, el Ministerio de Salud (Minsa) no está facultado para exigir que los manipuladores de alimentos de locales comerciales sean sometidos a exámenes médicos de descarte de ETA y que cuenten con un certificado médico como condición para trabajar.